Comprar piso en Vigo es para la mayoría de las familias la mayor inversión de su vida. Y a la cifra del precio hay que sumarle un puñado de impuestos y gastos que, mal calculados, pueden suponer varios miles de euros de diferencia respecto a la previsión inicial. En esta guía te resumimos, con la normativa autonómica de Galicia vigente para 2026 y los datos locales del Concello de Vigo, todo lo que paga el comprador y lo que paga el vendedor.
Cubrimos: ITP-TPO (vivienda usada) o AJD + IVA (vivienda nueva), plusvalía municipal del Concello (a cargo del vendedor, con sus matices), y los gastos del comprador que no son impuestos pero pesan en el bolsillo: notaría, registro, gestoría y tasación. Al final tienes una calculadora gratuita para tu caso y los enlaces oficiales a Atriga, Catastro y Concello de Vigo.
ITP o AJD: ¿cuál pagas?
La primera pregunta clave es si compras vivienda usada o nueva, porque determina el impuesto:
| Tu compra | Impuesto | Por qué |
|---|---|---|
| Vivienda usada / segunda mano, sin IVA —habitualmente comprada a un particular— | ITP-TPO | La transmisión no está sujeta a IVA (o está exenta sin renuncia); tributa por Transmisiones Patrimoniales Onerosas. |
| Vivienda nueva (a un promotor) | IVA + AJD | El promotor repercute IVA y, además, la escritura tributa por Actos Jurídicos Documentados. |
En una compraventa estándar de vivienda, la transmisión no tributa simultáneamente por TPO y por la cuota variable de AJD: si es vivienda usada, normalmente se liquida TPO; si es vivienda nueva sujeta a IVA, se liquida IVA y además AJD por la escritura.
Ojo con la vivienda nueva: el IVA es el coste grande
Cuando compras vivienda nueva, el AJD (1,5 % general o 1 %/0,5 % con reducciones) es solo una parte. La factura principal es el IVA, que repercute el promotor:
- 10 % de IVA sobre el precio en vivienda nueva con carácter general.
- 4 % de IVA en viviendas de protección oficial (VPO) de régimen especial o de promoción pública que cumplan los requisitos.
Tipos generales en Galicia 2026
Partiendo del caso más sencillo, sin reducciones:
- ITP-TPO (vivienda usada): 8 % sobre la base imponible.
- AJD (vivienda nueva): 1,5 % sobre la base imponible.
Muchos compradores que adquieren su vivienda habitual pueden no pagar el tipo general, siempre que cumplan los límites de precio, patrimonio y documentación exigidos. Galicia tiene un escalón intermedio y varios tipos reducidos que conviene conocer.
El tipo de vivienda habitual: 7 % y 1 %
Si la vivienda va a ser tu vivienda habitual (residencia efectiva, en los términos del IRPF), el tipo baja sin necesidad de pertenecer a ningún colectivo especial:
- ITP-TPO: del 8 % al 7 %.
- AJD: del 1,5 % al 1 %.
La condición es un límite de patrimonio: ni el precio de la vivienda ni la suma del patrimonio de los adquirentes y su unidad familiar pueden superar 240.000 €, incrementados en 30.000 € por cada miembro de la unidad familiar que exceda del primero. Y debe hacerse constar en escritura pública que la vivienda se destina a habitual.
Tipos reducidos para colectivos protegidos: 3 % y 0,5 %
Para determinados colectivos que adquieren su vivienda habitual, Galicia rebaja el tipo de forma muy significativa:
| Colectivo | ITP (usada) | AJD (nueva) | Requisito de patrimonio |
|---|---|---|---|
| Menor de 36 años | 3 % | 0,5 % | 240.000 € + 30.000 €/miembro extra |
| Familia numerosa | 3 % | 0,5 % | 400.000 € + 50.000 €/miembro sobre el mínimo |
| Discapacidad ≥ 65 % | 3 % | 0,5 % | Sin límite de patrimonio |
| Familia monoparental | 3 % | 0,5 % | 240.000 € + 30.000 €/miembro extra |
| Víctima de violencia de género | 3 % | 0,5 % | Precio ≤ 240.000 € + 30.000 € por miembro de la unidad familiar que exceda del primero. No se exige límite de patrimonio. |
Todos exigen que la vivienda sea la habitual, que conste en escritura y la acreditación documental correspondiente (DNI para la edad, título de familia numerosa en vigor, certificado de discapacidad, inscripción en el Registro de Familias Monoparentales Gallegas, etc.).
Calcula tu caso concreto en 2 minutos
Hemos publicado una calculadora gratuita que aplica todos los tipos y reducciones de Galicia 2026, con cálculo por adquirente y porcentaje. Sin registro.
Abrir la calculadora ITP/AJD →La bonificación rural: hasta el 0 %
Galicia premia la compra de vivienda en el rural. Si el comprador pertenece a uno de los colectivos protegidos (joven, familia numerosa, discapacidad, monoparental o víctima de violencia de género), adquiere su vivienda habitual y esta se encuentra en una parroquia con consideración oficial de zona poco poblada o área rural, puede aplicarse una deducción del 100 % de la cuota. Es decir: la cuota resultante sería 0 €.
Además de la deducción del 100 % para colectivos protegidos, existe otro beneficio rural en vivienda usada: si la vivienda está en una parroquia con consideración oficial de zona poco poblada o área rural, el tipo de TPO puede bajar al 6 %. Y si, además, va a ser vivienda habitual y se cumplen los requisitos generales de patrimonio, el tipo puede ser del 5 %. Esta reducción no existe igual en AJD para vivienda nueva: en AJD el rural opera, en esta materia, como deducción del 100 % para determinados colectivos protegidos que cumplen los requisitos.
¿Sobre qué valor se calcula el impuesto?
Este es el punto donde más sustos nos encontramos. La base imponible no es necesariamente el precio que pagas: es, como mínimo, el valor de referencia catastral del inmueble cuando exista, salvo que el precio escriturado o el valor declarado sean superiores. Se toma el mayor de los tres.
Esto significa que, aunque compres por debajo del valor de referencia, Hacienda calculará el impuesto sobre ese valor de referencia. Puedes consultarlo gratis en la Sede Electrónica del Catastro (consulta del valor de referencia) antes de firmar, para no llevarte sorpresas.
Si el inmueble no tiene valor de referencia o no puede certificarse, la base será la mayor entre el precio pactado, el valor declarado y el valor de mercado, sin perjuicio de una posible comprobación administrativa.
Tres ejemplos prácticos
1. Joven de 31 años, vivienda usada 180.000 €
2. Matrimonio, vivienda nueva 220.000 €
3. Familia numerosa, vivienda usada 250.000 €
Plusvalía municipal en Vigo (la paga el vendedor)
Junto al ITP/AJD/IVA, en cualquier compraventa hay un tributo municipal específico: el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), popularmente conocido como plusvalía municipal. Es competencia del Concello de Vigo y grava el aumento de valor del suelo entre la fecha en que se adquirió la vivienda y la fecha en que se vende.
Quién la paga: en una compraventa, por ley, la plusvalía municipal la paga el vendedor. Como comprador no debería ser tu obligación legal, salvo que el contrato privado o las escrituras incluyan un pacto expreso por el que asumas la plusvalía del vendedor (algo que ocurre en algunas operaciones; revísalo antes de firmar).
Cómo se calcula: tras la reforma estatal de 2021 (Real Decreto-ley 26/2021, posterior a la sentencia del Tribunal Constitucional), el contribuyente puede optar por el método de cálculo más favorable: el objetivo (en base al valor catastral del suelo y coeficientes por años de tenencia) o el real (diferencia entre valor de venta y valor de adquisición proporcional al suelo). Si no ha habido incremento real de valor, la operación queda no sujeta.
Plazo y dónde se presenta: en transmisiones onerosas como una compraventa, el plazo habitual es de 30 días hábiles desde la firma de la escritura ante la oficina de gestión tributaria del Concello de Vigo (Servizo de Tributos del Concello). Conviene confirmar el plazo y la oficina concretos en la sede electrónica del Concello, porque algunos municipios admiten autoliquidación y otros liquidación. Para más detalle, la web del Concello de Vigo tiene una sección de tributos municipales con el detalle del IIVTNU.
Otros gastos del comprador (no son impuestos pero pesan)
Al ITP o al AJD/IVA, el comprador tiene que sumar una serie de gastos no fiscales que en una vivienda media en Vigo se mueven entre 1.500 y 3.500 €:
- Notaría — la escritura de compraventa tiene un arancel regulado por aranceles notariales: depende del precio. En una vivienda media en Vigo (150.000-250.000 €) suele rondar los 600-900 €.
- Registro de la Propiedad — la inscripción del título en el registro tiene también arancel regulado. Suele moverse en una horquilla similar a la notaría, 400-700 €.
- Gestoría — opcional pero muy recomendable cuando hay hipoteca o la operación tiene cualquier complejidad (cargas previas, herencias, división de cosa común…). Suele oscilar entre 300 y 600 €.
- Tasación — solo si necesitas hipoteca, la pide el banco y suele costar entre 250 y 400 € en una vivienda media.
- Cancelación de cargas previas — si la vivienda viene con una hipoteca anterior por cancelar registralmente, hay un coste adicional (notaría + registro de la cancelación) que suele asumir el vendedor pero conviene tenerlo claro en el acuerdo.
Plazo y forma de pago del ITP/AJD
El plazo general de presentación es de 1 mes desde la fecha de la firma de la escritura (devengo), mediante el modelo 600 ante la Axencia Tributaria de Galicia (Atriga) o la oficina liquidadora competente. Para Vigo, la oficina de Atriga territorial está en Pontevedra y se complementa con la oficina local. Presentar fuera de plazo conlleva recargos y, en su caso, intereses de demora.
Errores frecuentes que cuestan dinero
- No declarar la vivienda como habitual en la escritura cuando lo es: se pierde el 7 %/1 % o el tipo reducido del colectivo.
- Calcular el impuesto sobre el precio cuando el valor de referencia es superior: la liquidación se queda corta y llega una comprobación.
- Olvidar la acreditación documental del colectivo en el momento de presentar.
- Asumir que la hipoteca reduce el impuesto de la compraventa: no lo hace. El préstamo hipotecario es un hecho imponible distinto y, con carácter general, el sujeto pasivo de AJD en préstamos con garantía hipotecaria es el prestamista.
- No comprobar si la parroquia es rural y dejar de aplicar una deducción que podía llevar la cuota a 0 €.