Declaración de la Renta · IRPF · Vigo
Declaración de la Renta en Vigo 2025: IRPF con ESECE
En ESECE preparamos tu declaración del IRPF en Vigo durante todo el año: en campaña y también fuera de ella. Si no llegaste a presentar la Renta 2025 a tiempo, te ayudamos a regularizarla con el menor coste posible; y si ya la presentaste, revisamos si procede una rectificativa o complementaria. Trabajadores, autónomos, inversores y situaciones patrimoniales especiales — analizamos tu caso aplicando todas las deducciones que correspondan.
Qué incluye nuestro servicio
Más de 40 años de experiencia asesorando a autónomos y empresas en Vigo y Galicia. Nuestro equipo especializado se ocupa de todo para que tú puedas centrarte en tu negocio.
Declaraciones habituales
- Trabajadores por cuenta ajena
- Autónomos en estimación directa
- Pensionistas con dos o más pagadores
- Propietarios con ingresos por alquiler
- Personas con rendimientos del capital
- Declaraciones con incidencias o errores previos
Situaciones especiales
- Herencias y donaciones recibidas en el año
- Transmisiones patrimoniales (venta de inmuebles)
- Ganancias y pérdidas en bolsa y fondos
- Deducciones autonómicas en Galicia
- Maternidad, paternidad y familia numerosa
- Complementación de declaraciones anteriores
¿Necesitas 📋 declaración de la renta?
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¿Estoy obligado a presentar la declaración de la renta?
Con carácter general, no están obligados a declarar quienes obtengan exclusivamente rendimientos del trabajo hasta 22.000 € anuales. El límite baja a 15.876 € en determinados supuestos, entre ellos cuando hay más de un pagador, salvo excepciones. Además, si durante 2025 estuviste de alta como autónomo en RETA o en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar, debes presentar declaración con independencia de la cuantía de tus rendimientos. Incluso si no estás obligado puede interesarte presentarla si tienes derecho a devolución.
¿Cuándo fue la campaña de la Renta 2025 y qué pasa si no llegué?
La campaña de la Renta 2025 (IRPF del ejercicio 2025) se desarrolló del 8 de abril al 30 de junio de 2026. Si no presentaste en plazo, aún puedes hacerlo de forma extemporánea (con recargo, menor si es voluntaria); y una declaración ya presentada puede corregirse mediante rectificativa o complementaria. Te ayudamos con ambas.
¿Podéis recuperar dinero de declaraciones de años anteriores?
Si una declaración anterior se presentó con errores, conviene revisar si procede una rectificación de autoliquidación, una autoliquidación rectificativa cuando sea aplicable o una complementaria, según el sentido de la regularización. El plazo general de revisión está sujeto a prescripción, por lo que debe analizarse cada ejercicio.
¿Qué necesito traer para hacer la declaración de la renta?
El DNI, el número de referencia o datos fiscales de la AEAT, los certificados de retenciones de tu empresa o pensión, y cualquier documento sobre ingresos adicionales (alquileres, inversiones, bienes heredados o donados). Nosotros revisamos tu borrador antes de confirmar nada.