Herencias · Donaciones · Galicia
Herencias y Donaciones en Vigo y Galicia
Una herencia combina cuestiones jurídicas, fiscales, notariales y registrales. Antes de repartir o firmar conviene saber qué impuestos existen, qué beneficios fiscales pueden aplicarse y qué consecuencias tiene cada alternativa.
Nos ocupamos del proceso completo y te indicamos qué documentación necesitamos en cada fase.
Qué incluye nuestro servicio
Herencias
- Estudio previo de la sucesión
- Declaración de herederos cuando proceda
- Inventario y valoración de bienes
- Aceptación y partición de la herencia
- Impuesto sobre Sucesiones
- Plusvalía municipal cuando corresponda
- Escrituras de adjudicación
- Trámites ante el Registro de la Propiedad
- Coordinación con entidades bancarias
Donaciones y planificación sucesoria
- Donaciones de dinero e inmuebles
- Análisis fiscal previo
- Pactos sucesorios de Derecho civil gallego
- Planificación de la transmisión patrimonial
- Usufructo y nuda propiedad
- Empresa familiar y participaciones
- Coordinación con notaría
En Galicia, conviene revisar antes de firmar
Galicia cuenta con beneficios fiscales propios en materia de sucesiones, pero su aplicación depende del parentesco, el patrimonio, el tipo de bien, la operación realizada y el cumplimiento de los requisitos correspondientes.
Además, los pactos sucesorios del Derecho civil gallego permiten determinadas transmisiones en vida que no deben confundirse con una donación ordinaria.
La decisión no debe tomarse mirando únicamente cuánto se paga en el Impuesto de Sucesiones o Donaciones. En determinadas operaciones también hay que estudiar IRPF, plusvalía municipal y las consecuencias de una futura venta del bien.
Lo que más nos preguntan
¿Qué ventajas fiscales existen para las herencias en Galicia?
Galicia establece reducciones y otros beneficios propios en el Impuesto sobre Sucesiones. Su alcance varía según el parentesco y las circunstancias de la herencia. Antes de presentar el impuesto revisamos cuáles son aplicables al caso concreto y qué requisitos deben conservarse.
¿Qué documentos necesito para empezar?
Normalmente necesitamos certificado de defunción, certificado de últimas voluntades, testamento si existe, documentación de los herederos y una primera relación de bienes y deudas. Después te indicamos qué documentación adicional hace falta según el patrimonio.
¿Qué plazo hay para presentar el Impuesto de Sucesiones?
El plazo general es de seis meses desde el fallecimiento. Puede solicitarse una prórroga en los términos legalmente previstos, por lo que si el patrimonio es complejo conviene iniciar el expediente con tiempo.
¿Qué ocurre si los bienes están en otra comunidad autónoma?
La ubicación de los bienes no determina por sí sola qué normativa autonómica se aplica. En las sucesiones existen reglas de conexión vinculadas, entre otros factores, a la residencia habitual del causante. Los casos con elementos internacionales requieren además un análisis específico.
¿Es mejor donar ahora o dejar los bienes en herencia?
Depende. Hay que comparar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, el posible efecto en IRPF, la plusvalía municipal, la situación patrimonial de las partes y qué se quiere conseguir jurídicamente. No recomendamos una donación o pacto sucesorio sin hacer antes esa comparación.
¿Qué es un pacto sucesorio?
El Derecho civil gallego regula determinados pactos que permiten anticipar en vida una sucesión cuando se cumplen los requisitos legales. Se formalizan en escritura pública y tienen un régimen jurídico y fiscal diferente de una donación ordinaria.
¿Podéis ocuparos de todo el proceso?
Sí. Podemos coordinar la parte jurídica y fiscal y los trámites necesarios con notaría, entidades financieras y Registro de la Propiedad dentro del alcance acordado.