Xunta de Galicia · Economía e Industria · IN519H

Industria Dual (Seguridad, Defensa y Aeroespacio)

Proyectos de inversión productiva en bienes/servicios tecnológicos de uso dual. Empresas con centro en Galicia. Hasta 1 M€/proyecto, intensidad ~35% (pequeña empresa). Convocatoria competitiva, 6 M€.

Cerró el 04/09/2026 Cuantía máxima: 1.000.000 € Concesión: Por puntuación
Esta convocatoria ya cerró (el 04/09/2026). La dejamos publicada porque muchas se repiten cada año con condiciones parecidas: si te interesa, dínoslo y te avisamos cuando vuelva a abrirse. En el catálogo están las que siguen abiertas.

De un vistazo

Organismo
Xunta de Galicia · Economía e Industria
Código
IN519H
Plazo
Cerró el 04/09/2026
Se abrió el
04/06/2026
Cuantía máxima
1.000.000 €
Concesión
Por puntuación
Para quién
Sociedades (SL, SA)
Tema
Inversión y equipamiento · Investigación y desarrollo · Sectorial
Ficha revisada
16/09/2026

Qué se obtiene

Hasta 1.000.000 € por proyecto.

Intensidad de ayuda en torno al 35% para pequeña empresa.

Quién puede pedirla

Está dirigida a sociedades (SL o SA) con actividad en Galicia.

Requisitos principales

  • Empresa con centro de trabajo en Galicia.
  • Proyecto de inversión productiva en bienes o servicios tecnológicos de uso dual (civil y defensa).
  • Convocatoria competitiva: se valora frente a otros proyectos.

Esto es un resumen en castellano llano de lo que publica la convocatoria, no el texto oficial. Lo que manda son sus bases y su publicación en el diario oficial: consulta aquí la ficha oficial.

Cómo se concede: por puntuación

Esta convocatoria es de concurrencia competitiva: se recogen todas las solicitudes, se valoran juntas al cerrarse el plazo y se ordenan por puntuación hasta agotar el crédito. El día que presentes dentro del plazo no influye; lo que decide es cómo puntúa tu proyecto frente a los demás.

Por eso aquí el trabajo está en el contenido del expediente —la memoria, cómo se justifica cada criterio, qué se aporta para acreditarlo— y no en correr. Presentar el último día bien preparado es mejor que presentar el primero a medias.

Qué documentación hace falta

Son 3 documentos para presentarla, y uno lo conseguimos nosotros: tú reúnes los otros 2. Al abrir el expediente te decimos cuáles son exactamente y con qué plazo.

La parte que suele asustar —los certificados de estar al corriente con Hacienda, con la Seguridad Social y con la Xunta, la situación censal, el alta en el IAE, la vida laboral— no la tienes que buscar tú: son datos que ya están en manos de la administración y los obtenemos nosotros. Lo que sí tienes que aportar es lo que no consta en ningún registro: la escritura, un presupuesto, una memoria de lo que vas a hacer.

La solicitud se firma y se presenta siempre con tu certificado digital, no con el nuestro. Nosotros montamos el expediente y te acompañamos en la presentación.

Si te la conceden, hay que justificarla

En esta convocatoria la justificación son 13 documentos, con su propio plazo, que empieza a contar cuando llega la resolución. De eso nos ocupamos también nosotros.

Una ayuda concedida no es una ayuda cobrada. Después hay que demostrar que el dinero se gastó en lo que se dijo y que se pagó de verdad: facturas, justificantes bancarios de pago, la cuenta justificativa y, según el caso, una memoria de lo hecho y la publicidad de la ayuda. Es la fase en la que se caen expedientes ya ganados, casi siempre por un plazo que se pasa o por un pago en efectivo que no se admite.

Ojo también con el orden: la mayoría de convocatorias exige que el gasto se haga DESPUÉS de presentar la solicitud. Si la compra o la contratación ya está firmada, lo normal es que no entre. Si estás pensando en invertir, pregunta antes de gastar.

Qué hacemos nosotros

1

Miramos si te encaja

Contrastamos tu situación con las bases antes de mover nada. Si no cumples un requisito, te lo decimos entonces y no después.

2

Reunimos la documentación

Los certificados de estar al corriente, la situación censal, el alta en el IAE o la vida laboral no los tienes que buscar tú: los conseguimos nosotros.

3

Presentamos y justificamos

Se presenta en plazo y con la documentación revisada, siempre con tu certificado digital. Y si te la conceden, preparamos también la justificación.

4

Y lo sigues desde tu portal

Los papeles que hagan falta te los pedimos desde tu Portal de Cliente: cada uno con su plazo y su carpeta, y ves lo que ya llevas entregado.

Ver el servicio de tramitación al detalle — qué incluye antes y después de presentar.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede pedir esta ayuda?

Está dirigida a sociedades (SL o SA) con actividad en Galicia. Además hay que cumplir sus requisitos: Empresa con centro de trabajo en Galicia. Proyecto de inversión productiva en bienes o servicios tecnológicos de uso dual (civil y defensa). Convocatoria competitiva: se valora frente a otros proyectos. Antes de mover nada contrastamos tu situación con las bases, y si hay algo que no cumples te lo decimos entonces y no después de haber trabajado el expediente.

¿Cuánto dan?

Hasta 1.000.000 € por proyecto. Intensidad de ayuda en torno al 35% para pequeña empresa. Es lo que publica la convocatoria; el importe que te corresponda depende de tu caso concreto y de lo que acredites.

¿Hasta cuándo se puede presentar?

El plazo de esta convocatoria cerró el 04/09/2026. Muchas se repiten cada año con condiciones parecidas, así que si te interesa te avisamos cuando vuelva a abrirse. Mientras tanto, en el catálogo están las que siguen abiertas.

¿Se concede por orden de llegada o se comparan las solicitudes?

Se comparan: todas las solicitudes se valoran juntas al cerrarse el plazo y se ordenan por puntuación. El día que presentes dentro del plazo no influye, así que lo que hay que cuidar es el contenido del expediente.

¿Cuántos papeles tengo que reunir yo?

Menos de los que parece: de los 3 documentos que pide, uno lo conseguimos nosotros y tú aportas los otros 2. Los certificados de estar al corriente, la situación censal, el alta en el IAE o la vida laboral no los tienes que ir a buscar. Lo que sí tienes que aportar es lo que no consta en ningún registro: la escritura, un presupuesto, una memoria.

¿Puedo empezar el gasto antes de que me la concedan?

Casi siempre no, y es el error que más ayudas tira a la basura. La mayoría de convocatorias exige que la compra, la obra o la contratación se haga después de presentar la solicitud; si el pedido ya está firmado, lo normal es que ese gasto no entre. Hay excepciones —alguna admite gastos desde el 1 de enero del año—, y es de lo primero que comprobamos. Si estás pensando en invertir, pregunta antes de gastar.

¿Qué cobráis por tramitarla?

Depende de la convocatoria y del trabajo que lleve, así que no ponemos aquí una tarifa que luego no te valga. Te lo decimos por escrito y antes de empezar, con el importe concreto de tu caso, y no se presenta nada hasta que lo aceptas.

¿Te encaja esta?

Cuéntanos tu situación y te decimos si cumples los requisitos y qué plazo real tienes. Sin compromiso, y antes de que gastes un euro.

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