Si vas a empezar tu actividad por cuenta propia en Vigo, lo primero es saber que no es un único trámite, son dos: te das de alta en Hacienda y luego en la Seguridad Social, en ese orden. Si lo haces tú solo y te equivocas en algún detalle, los errores pueden costarte dinero: epígrafes mal elegidos, plazos perdidos para la tarifa plana, bonificaciones que no aplicas… Vamos paso a paso.
Antes de empezar: comprueba tu situación
Antes del primer trámite, asegúrate de tener:
- DNI o NIE en vigor
- Certificado digital o Cl@ve: no es obligatorio para todo, pero te ahorrará mucho tiempo y te permitirá hacer todo online.
- Una cuenta bancaria (puede ser personal al principio, aunque conviene tener una separada para tu actividad).
- Claro tu nombre fiscal o comercial, dónde vas a ejercer la actividad y cuál es la actividad concreta.
Paso 1: alta en Hacienda (modelo 036)
El primer trámite es la declaración censal ante la Agencia Tributaria mediante el modelo 036. Desde 2025 el modelo 037 está suprimido; la simplificación para personas físicas se articula a través del propio 036:
- Cumplimentación simplificada del 036: para muchas personas físicas, la AEAT permite cumplimentar el alta de forma simplificada dentro del modelo 036.
- Modelo 036 completo: se utiliza cuando la situación censal lo exige (operaciones intracomunitarias, regímenes especiales, sociedades u otros supuestos).
En el modelo declaras tres cosas clave:
- Tus datos personales y fiscales: NIF, dirección, teléfono…
- El epígrafe del IAE que corresponde a tu actividad. Hay cientos de epígrafes; elegir mal puede meterte en un régimen de IVA equivocado o impedirte aplicar deducciones. Aquí es donde más se equivoca la gente que se da de alta por su cuenta.
- Las obligaciones tributarias que asumes: pagos trimestrales de IVA (modelo 303), de IRPF (modelo 130 o 131), retenciones a profesionales o trabajadores (modelo 111, 115)…
Se presenta en la sede electrónica de la AEAT (con certificado digital) o presencialmente con cita previa. Idealmente, el día anterior o el mismo día de empezar la actividad.
Paso 2: alta en la Seguridad Social (RETA)
Tras Hacienda, tienes que afiliarte y darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). El plazo es de hasta 60 días antes de empezar la actividad, pero nunca después: hay que estar dado de alta antes de emitir la primera factura.
El trámite se hace en la sede electrónica de la Seguridad Social (importass.seg-social.es) o en la oficina de la TGSS de Vigo si lo prefieres presencial. Necesitas:
- Acreditar el alta en Hacienda (modelo 036 ya tramitado).
- Elegir base de cotización. Desde 2023 la cotización del autónomo se realiza por rendimientos netos en tramos: comunicas a la TGSS una previsión de rendimientos, eliges una base dentro del tramo correspondiente y al cierre del ejercicio se regulariza con los rendimientos reales.
- Decidir si te acoges a la tarifa plana (ver siguiente apartado).
- Datos bancarios para el cargo mensual.
Paso 3: ¿tarifa plana? Sí, casi siempre
La famosa tarifa plana del autónomo permite pagar una cuota mensual reducida a la Seguridad Social en lugar de la cuota normal del RETA durante los primeros 12 meses, ampliable a 24 si se cumplen requisitos de renta.
Requisitos generales para acceder:
- No haber estado dado de alta como autónomo en los 2 años anteriores (3 si ya se disfrutó la tarifa antes).
- No ser autónomo colaborador. En el caso de autónomos societarios o administradores, conviene revisar el encuadre y los criterios vigentes antes de afirmar que quedan excluidos.
- Solicitarla expresamente al darse de alta.
Ojo: si después de los 12 meses sigues queriendo prorrogarla, tienes que solicitar la extensión expresamente y demostrar que tus rendimientos están por debajo del SMI. Mucha gente se olvida y pierde la bonificación.
Paso 4: lo que pasa después
Una vez dado de alta, entras en el calendario de obligaciones del autónomo:
- Trimestralmente: IVA (modelo 303) + IRPF (modelo 130 o 131).
- Anualmente: Renta (modelo 100), resumen anual del IVA (modelo 390) cuando proceda, declaraciones informativas si corresponden.
- Si emites facturas, tendrás que llevar los libros registro que correspondan a tu régimen: ingresos y ventas, compras y gastos, bienes de inversión y, en actividades profesionales, provisiones de fondos y suplidos.
Te dejamos el detalle completo en nuestro calendario fiscal del autónomo 2026.
Errores frecuentes al darse de alta
- Elegir mal el epígrafe del IAE: te puede meter en un régimen de IVA inadecuado y obligarte a hacer un cambio censal posterior.
- Marcar régimen de IVA equivocado: cambiar después implica modificar el censo y a veces regularizar trimestres anteriores.
- Olvidar solicitar la tarifa plana: si no la pides expresamente, no te la conceden. Reclamarla a posteriori es complicado.
- No darse de alta antes de facturar: si la primera factura es anterior a tu alta en el RETA, la inspección puede regularizar.
- Olvidar la pluriactividad: si combinas autónomo con trabajo por cuenta ajena, puede existir reintegro por exceso de cotización si superas los límites legales.
Un alta mal hecha puede arrastrar problemas durante todo el primer año: regularizaciones de IVA, pérdida de bonificaciones, cambios censales urgentes… El coste de hacerlo bien con una asesoría es muy inferior al coste de arreglarlo después.
En ESECE hacemos altas de autónomos casi todas las semanas. Te ayudamos a elegir el epígrafe correcto, la base de cotización óptima, te tramitamos la tarifa plana y te dejamos preparado para tu primer trimestre. Sin sorpresas.