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Calendario fiscal del autónomo 2026 en Vigo

📅 Publicado 13 mayo 2026✍️ Equipo fiscal de ESECE⏱ Lectura: 6 min

Si eres autónomo en Vigo, conocer las fechas exactas del calendario fiscal te ahorra disgustos: recargos por presentación fuera de plazo, intereses de demora y sanciones formales. En este artículo te dejamos todas las citas obligatorias de 2026 ordenadas por trimestre, con el modelo concreto que tienes que presentar y a quién aplica.

Pagos trimestrales: IVA e IRPF

Como regla general, el autónomo en estimación directa que esté sujeto a IVA presenta el modelo 303 y, si está obligado a pagos fraccionados, el modelo 130. Quien esté en estimación objetiva (módulos) presenta el 131 en lugar del 130. Las fechas se repiten cada año:

TrimestrePeriodo declaradoPlazo de presentación
Q1 20261 enero – 31 marzo1 al 20 abril 2026
Q2 20261 abril – 30 junio1 al 20 julio 2026
Q3 20261 julio – 30 septiembre1 al 20 octubre 2026
Q4 20261 octubre – 31 diciembre1 al 30 enero 2027

Si quieres domiciliar el pago, el plazo de presentación con domiciliación se cierra antes que el plazo general. Como criterio práctico, en abril, julio y octubre suele finalizar alrededor del día 15; conviene confirmarlo en el calendario AEAT del año. Domiciliar es la opción más recomendable para evitar olvidos.

Modelos anuales informativos

Además de los trimestrales, hay declaraciones anuales que se presentan en enero y febrero recogiendo lo que ha pasado durante todo el año anterior:

Declaración de la Renta 2025 (IRPF anual)

La Renta del ejercicio 2025 (la que se presenta en 2026) tiene un plazo amplio que arranca el 8 de abril y termina el 30 de junio de 2026. Pero ojo: si el resultado te sale a ingresar y quieres domiciliarlo en banco, tienes que presentarla antes del 25 de junio.

Como autónomo, en tu declaración de la Renta entran:

Calendario del autónomo con trabajadores

Si tienes empleados a tu cargo, suma estas fechas a tu calendario:

Cómo no olvidar ningún plazo

El mayor problema no es saber las fechas — es acordarse de ellas mientras tu negocio va a 100 km/h. Tres consejos que damos a nuestros clientes:

  1. Domicilia todo lo que se pueda. Modelos como el 303, 130 o 100 a ingresar admiten domiciliación si se presentan con antelación. El 390 es un resumen anual y no es un modelo "a ingresar".
  2. Activa las notificaciones electrónicas en la sede de la AEAT y en la Dirección Electrónica Habilitada Única (DEHú). Si Hacienda te notifica algo, el acceso o rechazo de la notificación se produce dentro del plazo legalmente establecido, transcurrido el cual la notificación se entiende practicada.
  3. Trabaja con una asesoría que te avise. En ESECE nuestros clientes reciben recordatorios automáticos por correo y por el Portal de Cliente antes de cada vencimiento. Nunca llegan tarde porque no se les puede olvidar.
Un solo trimestre presentado fuera de plazo puede costarte fácilmente más de 200 € entre recargos y sanciones. Y si la inspección detecta una omisión grave, las multas escalan a porcentajes de la cuota dejada de ingresar.

Si quieres delegar esto y centrarte en tu negocio, podemos ocuparnos nosotros. En ESECE llevamos 40 años acompañando a autónomos en Vigo y toda Galicia, y no se nos escapa ni un plazo.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si presento un modelo fuera de plazo?+

Si la declaración es a ingresar, Hacienda aplica los recargos por presentación extemporánea sin requerimiento: 1% más otro 1% adicional por cada mes completo de retraso hasta los 12 meses, y el 15% más intereses de demora a partir del año. Si la declaración es a devolver o cero, suele aplicarse el régimen sancionador por presentación fuera de plazo, con multas fijas según el modelo.

¿Puedo domiciliar los pagos para no olvidarme?+

Sí, todos los modelos a ingresar (130, 303, 100, etc.) admiten domiciliación bancaria si los presentas con suficiente antelación (normalmente hasta 5 días antes del fin de plazo). Es la opción más segura para no olvidar pagos.

¿Y si un año no tengo actividad, tengo que presentar igual?+

Sí, mientras sigas de alta en el censo y mantengas obligaciones tributarias activas, debes presentar los modelos que correspondan aunque sean a cero. Si cesa la actividad, conviene tramitar correctamente la baja censal y, en su caso, comunicar las obligaciones que se extinguen para no quedar expuesto a sanciones formales.

¿Quieres delegar tu calendario fiscal?

En ESECE nos ocupamos de que nunca llegues tarde. Recordatorios automáticos, presentación y representación incluidas.

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