Si eres autónomo en Vigo, conocer las fechas exactas del calendario fiscal te ahorra disgustos: recargos por presentación fuera de plazo, intereses de demora y sanciones formales. En este artículo te dejamos todas las citas obligatorias de 2026 ordenadas por trimestre, con el modelo concreto que tienes que presentar y a quién aplica.
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Pagos trimestrales: IVA e IRPF
Como regla general, el autónomo en estimación directa que esté sujeto a IVA presenta el modelo 303 y, si está obligado a pagos fraccionados, el modelo 130. Quien esté en estimación objetiva (módulos) presenta el 131 en lugar del 130. Los plazos son los mismos cada año, salvo que el último día caiga en sábado, domingo o festivo, en cuyo caso pasa al siguiente día hábil:
| Trimestre | Periodo declarado | Plazo de presentación |
|---|---|---|
| Q1 2026 | 1 enero – 31 marzo | 1 al 20 abril 2026 |
| Q2 2026 | 1 abril – 30 junio | 1 al 20 julio 2026 |
| Q3 2026 | 1 julio – 30 septiembre | 1 al 20 octubre 2026 |
| Q4 2026 | 1 octubre – 31 diciembre | 1 al 30 enero 2027 (el 30 es sábado: previsiblemente hasta el 1 de febrero) |
Si quieres domiciliar el pago, el plazo de presentación con domiciliación se cierra antes que el plazo general. Como criterio práctico, en abril, julio y octubre suele finalizar alrededor del día 15; conviene confirmarlo en el calendario AEAT del año. Domiciliar es la opción más recomendable para evitar olvidos.
Modelos anuales informativos
Además de los trimestrales, hay declaraciones anuales que se presentan en enero y febrero recogiendo lo que ha pasado durante todo el año anterior:
- Modelo 390 (resumen anual de IVA): en enero de 2027 para el ejercicio 2026, solo cuando exista obligación de presentarlo. Conviene confirmar el día exacto en el calendario AEAT 2027.
- Modelo 180 (resumen anual de retenciones por alquileres): en enero, según el calendario AEAT del año (el día concreto puede desplazarse por días inhábiles). Te toca si pagas en tu actividad el alquiler de un local u otro inmueble urbano sujeto a retención, aunque el arrendador sea un particular; es el resumen de los modelos 115 que presentas cada trimestre.
- Modelo 190 (resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF): en enero (hasta el 31, o el siguiente día hábil si cae en fin de semana; en 2027, previsiblemente el 1 de febrero), obligatorio si tienes trabajadores o pagas a profesionales.
- Modelo 184 (entidades en régimen de atribución de rentas): en enero (hasta el 31, o el siguiente día hábil si cae en fin de semana; en 2027, previsiblemente el 1 de febrero). Lo presentan las comunidades de bienes y las sociedades civiles sin objeto mercantil que ejercen una actividad o cuyas rentas superan 3.000 € al año; las sociedades civiles con objeto mercantil tributan por el Impuesto sobre Sociedades.
- Modelo 347 (operaciones con terceros superiores a 3.005,06 €): durante febrero, con vencimiento trasladable al siguiente día hábil si el último día no lo es. Recoge clientes y proveedores con los que hayas facturado más de esa cantidad en el año.
Declaración de la Renta 2025 (IRPF anual)
La Renta del ejercicio 2025 se presentó del 8 de abril al 30 de junio de 2026; quien domicilió el pago pudo hacerlo hasta el 25 de junio, inclusive (hasta el 30 si solo domiciliaba el segundo plazo). La del ejercicio 2026 se presentará en la primavera de 2027, en las fechas que fije la orden anual.
Como autónomo, en tu declaración de la Renta entran:
- Tus rendimientos de actividad económica (resultado del año).
- Las cuotas a la Seguridad Social pagadas en el ejercicio.
- Cualquier otra renta: rentas del trabajo si compaginas con un sueldo, rentas de capital mobiliario o inmobiliario, ganancias patrimoniales por venta de activos…
Calendario del autónomo con trabajadores
Si tienes empleados a tu cargo, suma estas fechas a tu calendario:
- Liquidaciones de Seguridad Social: presentación mensual a través de Sistema RED, con RLC y RNT (antiguos TC1/TC2), conforme al calendario de recaudación aplicable.
- Modelo 111 (retenciones IRPF de trabajadores y profesionales): trimestral, del 1 al 20 del mes siguiente al cierre del trimestre, también en el cuarto: hasta el 20 de enero, y no hasta el 30 como el 303 y el 130.
- Modelo 190 (resumen anual del 111): en enero (hasta el 31, o el siguiente día hábil si cae en fin de semana; en 2027, previsiblemente el 1 de febrero).
Antes de cada trimestre, ten claras tus cifras
Calcula tu cuota mensual a la Seguridad Social con la tabla oficial de tramos de 2026, o estima cuánto dinero te queda de verdad después de IVA, IRPF y cuota.
Abrir la calculadora de cuota →Cómo no olvidar ningún plazo
El mayor problema no es saber las fechas — es acordarse de ellas mientras tu negocio va a 100 km/h. Tres consejos que damos a nuestros clientes:
- Domicilia todo lo que se pueda. Modelos como el 303, 130 o 100 a ingresar admiten domiciliación si se presentan con antelación. El 390 es un resumen anual y no es un modelo "a ingresar".
- Activa las notificaciones electrónicas en la sede de la AEAT y en la Dirección Electrónica Habilitada Única (DEHú). Si Hacienda te notifica algo, el acceso o rechazo de la notificación se produce dentro del plazo legalmente establecido, transcurrido el cual la notificación se entiende practicada.
- Trabaja con una asesoría para autónomos en Vigo que te avise. En ESECE nuestros clientes reciben recordatorios automáticos por correo y por el Portal de Cliente antes de cada vencimiento, y reducen así el riesgo de que se pase un plazo.
Presentar un trimestre fuera de plazo tiene coste: si sale a ingresar, un recargo del 1% más otro 1% por cada mes completo de retraso; si sale a cero o a devolver, una multa de 100 € aunque lo presentes por tu cuenta (60 € con la reducción por pronto pago), y de 200 € si Hacienda te lo ha requerido antes. Y si la inspección detecta una omisión grave, las multas escalan a porcentajes de la cuota dejada de ingresar.
Si quieres delegar esto y centrarte en tu negocio, podemos ocuparnos nosotros. En ESECE llevamos 40 años acompañando a autónomos en Vigo y toda Galicia, y no se nos escapa ni un plazo.