Si eres autónomo, cada trimestre te toca presentar un modelo para anticipar tu IRPF. Pero hay dos modelos distintos y mucha gente no sabe cuál le corresponde: el 130 (estimación directa) y el 131 (estimación objetiva o módulos). Elegir mal o quedarse en el régimen equivocado puede hacerte pagar más impuestos de los que deberías.
De qué hablamos exactamente
Tanto el 130 como el 131 son pagos fraccionados del IRPF. Es decir: pagos a cuenta que adelantas a Hacienda cada trimestre y que luego se descuentan de lo que te salga a pagar (o devolver) en la Renta anual. La diferencia entre ambos no está en el impuesto en sí, sino en cómo se calcula tu rendimiento:
- El modelo 130 se basa en tus ingresos y gastos reales del trimestre. Lo presentan los autónomos en estimación directa (la mayoría).
- El modelo 131 se basa en parámetros estimados (módulos: metros del local, kilowatios contratados, número de trabajadores…), no en los ingresos reales. Lo presentan los autónomos en estimación objetiva.
Cuándo se usa cada uno
| Régimen | Modelo | A quién aplica |
|---|---|---|
| Estimación Directa Normal | 130 | Autónomos excluidos de la simplificada o que renuncian a ella; también cuando el importe neto de cifra de negocios supera 600.000 €/año |
| Estimación Directa Simplificada | 130 | Autónomos que cumplen requisitos de la simplificada y no han renunciado, con importe neto de cifra de negocios hasta 600.000 €/año |
| Estimación Objetiva (módulos) | 131 | Solo determinadas actividades (taxi, hostelería, comercio minorista, transporte…) que cumplan los límites cuantitativos |
El régimen de módulos es muy restrictivo: solo aplica a una lista cerrada de actividades publicada cada año en una orden ministerial. Si tu actividad no está en esa lista, automáticamente vas a estimación directa con el 130.
Cómo se calcula el modelo 130
El 130 se calcula sobre el rendimiento neto acumulado del año hasta ese trimestre:
- Sumas todos tus ingresos desde el 1 de enero hasta el final del trimestre.
- Restas tus gastos deducibles del mismo periodo (cuotas Seguridad Social, alquileres, suministros del local, material, asesoría…).
- Aplicas el 20% sobre ese rendimiento neto.
- Restas las cantidades pagadas en trimestres anteriores del mismo año + retenciones que te hayan practicado tus clientes.
Si el resultado es positivo, ingresas. Si es negativo o cero, presentas el modelo a cero (es obligatorio presentarlo aunque salga a cero).
Cómo se calcula el modelo 131
El 131 es más automático: una vez determinado tu rendimiento por módulos (cálculo anual basado en parámetros fijos), pagas trimestralmente una fracción establecida de ese rendimiento. No te complicas con ingresos y gastos reales — pagas lo mismo aunque tu trimestre haya sido bueno o malo.
El porcentaje a aplicar varía según el tipo de actividad y la estructura. En muchos supuestos de módulos se aplica el 4%, el 3% o el 2% según el personal asalariado, con reglas específicas para actividades agrícolas, ganaderas y forestales. Conviene comprobar el porcentaje exacto para tu epígrafe.
Cuál te conviene de verdad
Aquí está la decisión clave que solo se puede tomar con números en la mano:
Te conviene módulos (131) si…
- Tu actividad está en la lista y cumples límites.
- Tus ingresos reales son significativamente superiores a los que Hacienda te asigna por módulos. Es decir: ganas mucho con poca estructura visible.
- Quieres simplicidad y previsibilidad: pagas siempre lo mismo, da igual lo que factures.
Te conviene estimación directa (130) si…
- Tus gastos reales son altos en proporción a tus ingresos (mucha inversión, muchos suministros, alquileres caros…).
- Tus ingresos son variables y prefieres pagar más en trimestres buenos y menos en flojos.
- Tienes pérdidas o márgenes ajustados que en módulos no se reflejarían.
La gran mayoría de autónomos están en estimación directa simplificada y presentan modelo 130. Los módulos son un régimen residual cada vez más restringido. Si tu actividad cumple ambos requisitos, hay que hacer una simulación con tus cifras reales para decidir.
Plazos de presentación
Idénticos para los dos modelos (130 y 131):
- Q1: del 1 al 20 de abril
- Q2: del 1 al 20 de julio
- Q3: del 1 al 20 de octubre
- Q4: del 1 al 30 de enero del año siguiente
Si quieres domiciliar el ingreso, presenta hasta 5 días naturales antes. Más detalles en nuestro calendario fiscal 2026 completo.
Cómo cambiar de régimen
Si estás en módulos y quieres pasar a estimación directa, la renuncia se hace mediante el modelo 036, normalmente en diciembre anterior al año en que deba surtir efecto. También puede existir renuncia tácita por la presentación en plazo del primer pago fraccionado en régimen distinto. Una vez renuncias a módulos, tienes que permanecer al menos 3 años en estimación directa antes de poder volver.
Si no estás seguro de qué régimen te conviene este año, podemos hacerte la simulación con tus números reales. En ESECE lo hacemos cada diciembre con todos nuestros clientes autónomos para optimizar su tributación del año siguiente.