La Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo, publicada en el BOE el 31 de marzo, desarrolla las normas de cotización para 2026 y entró en vigor el 1 de abril, con efectos retroactivos al 1 de enero. Lo importante: hay cambios que afectan a casi todas las empresas con trabajadores y a la mayoría de autónomos. En este artículo te resumimos qué cambia, qué tienes que hacer ya y qué impacto real va a tener en tu coste laboral.
En este artículo9 apartados
- Subida de bases de cotización
- Tipos de cotización por contingencias comunes (sin cambios)
- Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI): sube al 0,90%
- Cotización adicional por solidaridad: suben los tipos
- El cambio más urgente: código CNAE-2025 para AT/EP
- Cotización para contratos de muy corta duración
- Novedades para autónomos (RETA)
- Lo que NO cambia en 2026
- Qué tiene que hacer tu empresa ya
Subida de bases de cotización
La base máxima de cotización del Régimen General se sitúa en 5.101,20 €/mes en 2026.
El tope mínimo de cotización por contingencias profesionales (AT/EP) se sitúa en 1.424,40 €/mes, sin perjuicio de las bases mínimas por grupo para contingencias comunes.
Para empresas con trabajadores que coticen por encima de la antigua base máxima, esto supone que parte de la retribución que antes quedaba fuera de cotización ahora sí cotiza, con el incremento de coste empresarial correspondiente.
Tipos de cotización por contingencias comunes (sin cambios)
Los tipos generales se mantienen iguales que en 2025:
| Concepto | Empresa | Trabajador | Total |
|---|---|---|---|
| Contingencias comunes | 23,60% | 4,70% | 28,30% |
| Horas extra fuerza mayor | 12,00% | 2,00% | 14,00% |
| Otras horas extraordinarias | 23,60% | 4,70% | 28,30% |
Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI): sube al 0,90%
El MEI, que se introdujo para reforzar la sostenibilidad del sistema de pensiones, sube del 0,80% al 0,90% en 2026. Seguirá subiendo una décima al año hasta el 1,2% en 2029 y se mantendrá en ese porcentaje hasta 2050.
El reparto:
- Empresa: 0,75% (antes 0,67%)
- Trabajador: 0,15% (antes 0,13%)
Impacto: en un sueldo bruto de 30.000 €/año, el coste adicional para la empresa pasa de unos 200 € a unos 225 € anuales. Pequeño en términos individuales, significativo si tienes plantilla amplia.
Cotización adicional por solidaridad: suben los tipos
Se aplica desde 2025 a la parte del salario que supera la base máxima de cotización (5.101,20 €/mes) y en 2026 sube por tramos progresivos (en 2025 eran el 0,92%, el 1,00% y el 1,17%):
| Tramo | Importe | Tipo total | Empresa | Trabajador |
|---|---|---|---|---|
| 1 | 5.101,21 – 5.611,32 € | 1,15% | 0,96% | 0,19% |
| 2 | 5.611,33 – 7.651,80 € | 1,25% | 1,04% | 0,21% |
| 3 | Más de 7.651,80 € | 1,46% | 1,22% | 0,24% |
En la práctica afecta sobre todo a directivos, técnicos de alto nivel y profesionales con retribuciones superiores a 5.101 €/mes. Si tienes a alguien en plantilla en esa horquilla, la cuota empresarial mensual se incrementa proporcionalmente.
El cambio más urgente: código CNAE-2025 para AT/EP
Esta es la novedad que más empresas en Vigo van a tener que gestionar ya. La tarifa de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales se calcula en función del código CNAE de actividad, y para 2026 ese código se ha actualizado al CNAE-2025.
¿Qué tienes que hacer?
- Verificar tu código CNAE-2025 actual. Es probable que necesites consultar la equivalencia con el CNAE-2009 que tenías hasta ahora.
- Comunicarlo a la TGSS a través del Sistema RED.
- Hacerlo cuanto antes: las comunicaciones posteriores a 1 de enero pueden desplegar efectos para periodos posteriores, por lo que conviene no demorarlo.
Si tu empresa todavía no ha comunicado o verificado el CNAE-2025, revisa la cotización por AT/EP cuanto antes para evitar tipos incorrectos y regularizaciones.
Cotización para contratos de muy corta duración
La cotización adicional fija para contratos de duración determinada inferior a 30 días sube de 32,60 € a 33,62 € por cada contrato. La paga solo la empresa al terminar el contrato y no se aplica a los contratos por sustitución ni a los formativos en alternancia, ni en los sistemas especiales agrario y de empleados de hogar, en la Minería del Carbón ni a los artistas.
Novedades para autónomos (RETA)
Los autónomos también se ven afectados:
- La base máxima de cotización para los tramos 11 y 12 del RETA se actualiza a 5.101,20 €/mes, en línea con el Régimen General.
- El límite para el reintegro por pluriactividad se sitúa en 17.323,68 €. Si compaginas trabajo por cuenta ajena y por cuenta propia y la suma de tus cotizaciones por contingencias comunes (las tuyas y las de tu empresa) supera ese importe, la TGSS te devuelve el 50% del exceso, con el tope del 50% de lo que hayas pagado por contingencias comunes como autónomo.
- Se mantiene el sistema de cotización por ingresos reales en tramos, en vigor desde 2023.
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Para que no te lleves sorpresas, también es importante saber qué sigue igual:
- Tipos de Desempleo: sin variación.
- Cotización al FOGASA: sin variación.
- Formación Profesional: sin variación.
- Tipos generales de contingencias comunes: el 28,30% se mantiene.
Qué tiene que hacer tu empresa ya
- Comunicar el CNAE-2025 si todavía no lo has hecho. Urgente.
- Regularizar las diferencias derivadas de la aplicación retroactiva de la Orden conforme al plazo y procedimiento de la TGSS. En Sistema de Liquidación Directa, la propia Orden prevé el ingreso sin recargo dentro del plazo establecido.
- Actualizar tu software de nóminas con las nuevas bases, MEI y, si aplica, los tramos de cotización por solidaridad.
- Revisar a los empleados con salarios superiores a 5.101 €/mes y simular el impacto de la cotización por solidaridad.
- Avisar a los autónomos en pluriactividad del nuevo umbral de devolución.
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