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Verifactu: guía completa para autónomos y empresas (2026-2027)

📅 Publicado 13 mayo 2026✍️ Equipo fiscal de ESECE⏱ Lectura: 12 min

Verifactu es el cambio más profundo en la forma de facturar que va a vivir el tejido empresarial español en los próximos años. Afecta a cualquier autónomo, pyme o empresa que emita facturas y obliga a usar un software certificado por la Agencia Tributaria, con requisitos técnicos muy concretos. La cuestión ya no es si te aplica — es cuándo y qué tienes que hacer para llegar a tiempo.

En esta guía te explicamos paso a paso qué es Verifactu, las fechas definitivas (actualizadas tras la última prórroga de 2025), las dos modalidades de funcionamiento, los requisitos técnicos del software, las sanciones y los pasos prácticos que recomendamos en ESECE a los clientes.

📅 Fechas clave que debes recordar
1 de enero de 2027: obligatorio para contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades (incluidas sociedades patrimoniales).
1 de julio de 2027: obligatorio para el resto de obligados (autónomos en IRPF, comunidades de bienes, etc.).
Las fechas iniciales (julio 2025 y enero 2026) se prorrogaron mediante el RDL 15/2025.

Qué es Verifactu exactamente

Verifactu (oficialmente Sistemas Informáticos de Facturación Verificables) es el sistema que la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) ha desarrollado para garantizar la autenticidad, integridad, trazabilidad y conservación de las facturas emitidas por cualquier sujeto pasivo del IVA. Nace de la Ley 11/2021, conocida como Ley Antifraude, y se desarrolla técnicamente en el Real Decreto 1007/2023, modificado posteriormente por el Real Decreto 254/2025 y el Real Decreto-ley 15/2025.

El objetivo declarado es triple:

En la práctica, esto se traduce en que tu programa de facturación tiene que cumplir 6 grandes requisitos técnicos y, opcionalmente, enviar cada factura emitida a la AEAT en tiempo real.

Marco legal: las normas que aplican

Para entender Verifactu hay que tener claros estos cuatro hitos normativos:

NormaQué hace
Ley 11/2021 (Antifraude)Crea la obligación de que los sistemas de facturación cumplan requisitos técnicos para evitar manipulación.
RD 1007/2023Aprueba el Reglamento que establece los requisitos concretos que deben cumplir los sistemas de facturación (RRSIF).
RD 254/2025Modificaciones técnicas y precisiones al Reglamento. Publicado el 1 de abril de 2025.
RDL 15/2025Prorroga los plazos de entrada en vigor para los obligados a usar el sistema (no para los productores de software).

A esto hay que sumar la Ley 18/2022 (Crea y Crece), que es una obligación distinta — la factura electrónica obligatoria entre empresas (B2B) — pero que se cruza con Verifactu en el día a día. Lo aclaramos más abajo.

Fechas definitivas de obligatoriedad

Tras el RDL 15/2025 (mayo de 2025), las fechas finales son las siguientes:

QuiénFecha límite
Productores y comercializadores de software de facturación29 de julio de 2025 (ya vigente)
Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades1 de enero de 2027
Resto de obligados (autónomos en IRPF, CB, SC…)1 de julio de 2027

Hasta esas fechas, las empresas y autónomos pueden adherirse voluntariamente y empezar a operar bajo Verifactu para ir cogiendo soltura. Adherirse en 2025 o 2026 no obliga a continuar — siempre puedes volver a la modalidad anterior antes del 1 de enero de 2027.

A quién aplica obligatoriamente

Verifactu aplica a todo aquel que emita facturas y esté establecido en territorio común (es decir, no en País Vasco ni Navarra). En concreto:

Quién está exento

No tienen que aplicar Verifactu:

Las dos modalidades: VERI*FACTU vs NO VERI*FACTU

Esta es probablemente la información más importante del artículo, porque mucha gente cree que Verifactu obliga a enviar todo a Hacienda en tiempo real. No es así. Existen dos modalidades válidas, y tú eliges:

AspectoModalidad VERI*FACTUModalidad NO VERI*FACTU
Envío a la AEATInmediato y automático tras emitir cada facturaRegistro local con capacidad de envío a requerimiento de Hacienda
Verificación por el clienteSí, vía QR en la sede AEATSolo si el comercio lo permite (no en sede AEAT)
Conservación de registrosHacienda guarda los datos en su sedeTu empresa conserva los registros (con requisitos técnicos exigentes)
Requisitos técnicos del softwareMás simples (parte de la carga la asume AEAT)Más exigentes (huella, firma electrónica avanzada, integridad demostrable)
Leyenda obligatoria en factura"Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT" o "VERI*FACTU"Sin esta leyenda específica

Las dos modalidades son válidas. La diferencia esencial es: en VERI*FACTU, cada factura llega a Hacienda en cuanto se emite; en NO VERI*FACTU, las facturas se quedan en tu sistema con todos los controles técnicos, y solo se envían si Hacienda lo solicita formalmente.

💡 Qué elegir en la práctica
VERI*FACTU es más cómodo para empresas pequeñas que prefieren delegar la conservación a Hacienda y no quieren preocuparse de hashes ni firmas avanzadas. NO VERI*FACTU suele preferirlo quien tiene volumen alto y no quiere depender de la conectividad con la AEAT en tiempo real. En ESECE recomendamos evaluar caso a caso.

Cómo funciona la modalidad VERI*FACTU paso a paso

Cuando operas en modalidad VERI*FACTU, este es el flujo que ocurre cada vez que emites una factura:

1
📝
Emites factura desde tu software
2
🔐
El SIF genera hash + firma electrónica
3
📡
Envío automático a la sede AEAT
4
AEAT registra y devuelve confirmación
5
📱
Cliente verifica con QR en sede AEAT

Todo el proceso ocurre en segundos, de forma transparente para ti. Tu cliente recibe una factura normal con dos elementos nuevos: un código QR y una leyenda especificando que es una factura Verifactu.

Qué tiene que cumplir tu software de facturación (SIF)

El Reglamento (RRSIF) establece 6 grandes requisitos que cualquier sistema de facturación debe cumplir desde el 29 de julio de 2025:

1. Inalterabilidad e integridad

Cada registro de facturación se protege mediante una huella o hash (un identificador único derivado del contenido) y, en algunos casos, una firma electrónica. Cualquier modificación posterior queda detectada.

2. Trazabilidad encadenada

Los registros se vinculan unos a otros formando una cadena verificable. Si falta uno o se altera, la cadena se rompe y se evidencia.

3. Remisión a la AEAT

En modalidad VERI*FACTU, los registros se envían online y en tiempo real. En NO VERI*FACTU, el sistema tiene que ser capaz de enviarlos cuando Hacienda lo requiera.

4. Declaración responsable del fabricante

El proveedor del software emite una declaración formal certificando que su producto cumple todos los requisitos. Esta declaración es exigible al productor.

5. Conservación y accesibilidad

Los registros deben conservarse y poder exportarse en formato que la AEAT pueda procesar, manteniéndolos accesibles durante los plazos de prescripción tributaria (mínimo 4 años, hasta 10 en algunos casos).

6. Elementos adicionales en la factura

Toda factura emitida debe incluir:

Datos obligatorios en cada factura Verifactu

Más allá de lo que ya pide el Reglamento de facturación, las facturas bajo Verifactu deben llevar al menos:

Ejemplo visual de una factura Verifactu

Así se vería simplificadamente una factura emitida bajo Verifactu, con el QR y la leyenda en el pie:

B12345678 · Rúa Exemplo 1, 36211 Vigo
Factura nº 2026-0142
Fecha: 13/05/2026
Cliente: Cliente Ejemplo, S.L. (B98765432)
Servicio de asesoramiento mes mayo 2026500,00 €
Base imponible500,00 €
IVA 21%105,00 €
TOTAL605,00 €
Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT (VERI*FACTU)
Escanea el QR para comprobar la autenticidad de esta factura.

Este es un ejemplo orientativo. El QR real codifica un identificador único de la factura que enlaza con la sede electrónica de la AEAT.

Sanciones por incumplimiento

El régimen sancionador es estricto y va dirigido tanto a los fabricantes de software como a los usuarios:

InfracciónSanción
Producir, comercializar o distribuir sistemas que no cumplan el Reglamento150.000 € por ejercicio económico
Comercializar sistemas sin la certificación correspondiente1.000 € por cada sistema vendido
Tener o usar sistemas que permitan alterar o destruir registros50.000 € por ejercicio económico

Para los usuarios (empresas y autónomos), además de estas sanciones específicas, no usar un sistema adecuado se considera incumplimiento de obligaciones formales y puede acarrear las sanciones generales previstas en la Ley General Tributaria.

Verifactu vs factura electrónica B2B: no son lo mismo

Una confusión muy frecuente. Resumen rápido:

AspectoVerifactuFactura electrónica B2B
OrigenLey Antifraude (11/2021)Ley Crea y Crece (18/2022)
ObjetivoLucha contra el fraude fiscalDigitalización de relaciones entre empresas
Aplica a…Cualquier factura emitidaSolo facturas entre empresas y profesionales (B2B)
Formato de la facturaEl que se quiera (papel, PDF, etc.) cumpliendo el ReglamentoFormato estructurado obligatorio (Facturae, XML…)
Fecha de entrada en vigor2027Pendiente de aprobación del reglamento de desarrollo

Una empresa que opere bajo ambas obligaciones tendrá que cumplir las dos: su sistema debe ser un SIF que cumpla los requisitos Verifactu Y, además, debe poder generar facturas en formato electrónico estructurado para sus clientes empresa.

Qué tiene que hacer tu empresa ya

Aunque las fechas de obligatoriedad parezcan lejanas (2027), llegar con tiempo te ahorra prisas y errores. Estos son los pasos prácticos que recomendamos en ESECE:

  1. Identifica con qué programa facturas hoy: Excel, ContaSol, FacturaPlus, Holded, Sage, Quipu, Anfix, software propio… o ningún programa específico.
  2. Comprueba con el proveedor si su sistema ya está adaptado: deben tener la declaración responsable de cumplimiento. Si no la tienen, ese software no podrá emitir facturas a partir de 2027.
  3. Si facturas con Excel o a mano, asume que tendrás que cambiar: no hay forma de adaptar una hoja de cálculo a los requisitos de Verifactu. Hay que pasar a un software certificado.
  4. Decide modalidad VERI*FACTU o NO VERI*FACTU: en función de tu volumen, tu conectividad y tu preferencia por externalizar conservación.
  5. Forma a tu equipo: el flujo de facturación cambia ligeramente — hay que entender qué significa la leyenda en la factura y cómo verificar las facturas que recibes de proveedores.
  6. Aprovecha la fase voluntaria: si entras en modalidad voluntaria en 2026, llegas a 2027 con el sistema rodado.
Esperar a diciembre de 2026 para empezar es jugársela. Los proveedores de software van a estar saturados, y un cambio de programa de facturación nunca es trivial: implica migración de datos, formación, ajustes contables. Empezar este año es lo más sensato.

En ESECE ya hemos analizado las herramientas de facturación que usan nuestros clientes y vamos elevando recomendaciones individualizadas. Si tienes dudas sobre tu situación específica, contáctanos y la revisamos sin compromiso.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio enviar las facturas a la AEAT en tiempo real?+

No exactamente. Es obligatorio usar un software de facturación que cumpla los requisitos del Reglamento (RRSIF). Pero la remisión automática a la AEAT es voluntaria: puedes operar en modalidad VERI*FACTU (envío inmediato a la sede de la AEAT) o en modalidad NO VERI*FACTU (registro local con capacidad de enviar a requerimiento). Ambas modalidades cumplen la normativa.

¿Mi Excel para facturas seguirá valiendo?+

No. A partir de las fechas de obligatoriedad, todo programa o sistema utilizado para facturar debe cumplir los requisitos técnicos del Reglamento: integridad mediante hash, firma electrónica, trazabilidad de registros, QR y leyenda obligatoria, etc. Las hojas de cálculo manuales no cumplen estos requisitos y dejarán de ser válidas para emitir facturas.

¿Las facturas de alquileres están sujetas a Verifactu?+

Depende. Los arrendamientos que no se consideran actividad económica (sin trabajador contratado a jornada completa, según la normativa del IRPF y del IS) están exceptuados. Si tu actividad es solo alquiler sin estructura empresarial, las facturas de alquiler no entran en el sistema Verifactu.

¿Verifactu es lo mismo que la factura electrónica obligatoria entre empresas?+

No. Verifactu nace de la Ley Antifraude (control de la facturación frente a Hacienda) y la factura electrónica B2B nace de la Ley Crea y Crece (digitalización de las relaciones entre empresas). Son dos obligaciones distintas, con diferentes plazos y objetivos, aunque ambas afectan al proceso de facturación.

¿Tu sistema de facturación está preparado para Verifactu?

Revisamos tu software actual, te asesoramos sobre la modalidad que más te conviene y te acompañamos en la transición sin rupturas.

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