Modelo 210 por inmueble alquilado
Revisamos los ingresos de tu inmueble alquilado en España y presentamos la declaración que corresponda.
Precio cerrado · Revisión previa de tu caso · Preparación en 5 días hábiles · Seguimiento y documentación en tu área privada, a cualquier hora
Para quién es
Un contribuyente no residente con un inmueble alquilado en España, para un período o autoliquidación admisible.
Límites del servicio
- Hasta dos contratos y cuarenta justificantes de gasto.
- La agrupación anual solo se aplica cuando la norma lo permite: no se promete un ejercicio completo por una sola tarifa si hacen falta más declaraciones.
Qué incluye y qué no
Qué incluye
- Revisión de los ingresos.
- Revisión de los gastos fiscalmente aplicables según tu caso.
- Revisión del período o de la agrupación permitida.
- Cálculo.
- Borrador.
- Aprobación.
- Presentación.
- Justificante.
Qué no incluye
- Autoliquidaciones no identificadas en la contratación.
- Actividad económica.
- Regularización de varios años.
- Reconstrucción de gastos.
- IVA del arrendamiento.
- NIE.
- El impuesto resultante.
Qué necesitaremos
Todo lo necesario para el Modelo 210 básico, más:
- Contratos de alquiler.
- Fechas.
- Relación de cobros.
- Facturas de los gastos.
- Adquisición y financiación.
- Certificados de residencia, cuando procedan.
- Desglose de suelo y construcción.
- Amortizaciones históricas.
- Períodos sin alquiler.
Los límites de documentos y de páginas cuentan por contenido, aunque lo reúnas todo en un solo PDF. Los archivos tienen que ser legibles: dentro del precio no se reconstruyen contabilidades, extractos ni historiales incompletos.
Plazo previsto
Preparación en 5 días hábiles desde el inicio efectivo del trabajo, con presentación según el vencimiento legal.
No se garantiza una devolución ni la aceptación de un gasto sin comprobar sus requisitos.
Los plazos se cuentan en días hábiles desde el inicio efectivo del trabajo, una vez cumplidas las condiciones de inicio de la hoja de encargo: hoja aceptada, abono comprobado, documentación suficiente, identidad y representación verificadas cuando proceda, ausencia de conflicto de intereses y, si eres consumidor, fin del plazo de desistimiento salvo que pidas expresamente empezar antes. Los plazos legales del trámite se comprueban en cada caso y no se sustituyen por estos.
Cómo funciona
Eliges el servicio
Consulta el precio, qué incluye, qué no incluye y qué información necesitaremos.
Envías la solicitud
Nos cuentas brevemente el caso y facilitas los datos necesarios para comprobar el alcance.
Revisamos el encargo
Un profesional de ESECE comprueba que el asunto encaja en el servicio y que podemos asumirlo.
Recibes la hoja de encargo
Te enviamos el alcance definitivo, los honorarios con sus impuestos, el plazo y la forma de pago, junto con las condiciones generales, para que lo revises y lo descargues antes de decidir si contratas.
Empezamos
Aceptada la hoja y comprobado el pago por transferencia, te invitamos a tu área privada ESECE: ahí aportas la documentación y sigues el expediente. Cumplidas las condiciones de inicio de la hoja, comenzamos el trabajo y el plazo empieza a contar.
Enviar una solicitud no supone todavía la aceptación del asunto por ESECE. Si el caso necesita un alcance distinto, te lo indicaremos antes de contratar.
Preguntas frecuentes
¿Puedo deducir los gastos del alquiler?
Depende de tu situación fiscal, en particular del país de residencia. Revisamos qué gastos resultan aplicables en tu caso; no se garantiza la aceptación de un gasto sin comprobar sus requisitos.
¿Se declara todo el año de una vez?
Solo cuando la norma permite agrupar. Antes de emitir la hoja de encargo te decimos cuántas autoliquidaciones necesita tu caso y el total.
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Al aceptar el encargo te invitamos a tu área privada, el Portal de Clientes de ESECE. Desde ahí sigues el expediente y nos haces llegar la documentación, desde el ordenador o el móvil, las 24 horas. Sin correos con adjuntos que se pierden.
Sigues el expediente
Qué está hecho, qué falta, quién es tu responsable y la fecha prevista de entrega.
Subes la documentación
Cada documento con su estado: pendiente, recibido, validado. Desde el ordenador o con una foto desde el móvil.
Apruebas antes de presentar
Revisas cada borrador en tu área privada. No se presenta nada sin tu aprobación.
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