Sociedades limitadas · Fiscalidad · Contabilidad · Vigo

Asesoría para sociedades limitadas en Vigo

Una sociedad limitada necesita algo más que presentar impuestos. La contabilidad mercantil, los cierres, los libros, las cuentas anuales y la fiscalidad del administrador requieren un seguimiento distinto al de una actividad como autónomo.

En ESECE coordinamos la gestión fiscal y contable de sociedades desde Vigo. Si tienes empleados, también podemos integrar el área laboral; si hay operaciones societarias o conflictos, delimitamos el encargo jurídico correspondiente.

Qué gestionamos

La actividad diaria y el cierre del ejercicio

La propuesta se prepara según actividad, volumen de operaciones y obligaciones concretas de la sociedad. No todos los servicios se incluyen automáticamente en una misma iguala.

Fiscalidad y contabilidad

  • Registro y revisión de facturas, movimientos y operaciones contables.
  • Conciliaciones bancarias, saldos de proveedores y clientes y ajustes necesarios.
  • Declaraciones de IVA, retenciones e informativas que correspondan.
  • Impuesto sobre Sociedades y pagos fraccionados aplicables.
  • Preparación de cierres, libros y cuentas anuales según el alcance contratado.
  • Revisión fiscal de inversiones y decisiones relevantes antes de ejecutarlas.

Coordinación empresarial

  • Gestión laboral de empleados, nóminas y cotizaciones si se incluye ese servicio.
  • Revisión de la remuneración y situación de administradores en cada supuesto.
  • Organización documental en el Portal de Clientes.
  • Atención de comunicaciones y requerimientos dentro del encargo.
  • Coordinación jurídica cuando hacen falta cambios societarios o acuerdos.
  • Preparación de informes para la dirección cuando se soliciten expresamente.
Según la situación de tu SL

No es lo mismo empezar que cambiar de asesoría

Sociedad recién constituida. Revisamos el alta censal, las actividades, los primeros gastos e inversiones y si habrá empleados. La constitución de una SL es un encargo distinto del servicio recurrente posterior.

Sociedad que lleva años operando. Necesitamos conocer los libros, modelos presentados, saldos, cierre del último ejercicio y posibles requerimientos o incidencias pendientes. No se debe asumir que los datos heredados están conciliados sin revisarlos.

Varias sociedades. Presupuestamos separadamente el volumen y las obligaciones de cada entidad, así como las operaciones entre ellas. Se delimita quién aporta los datos y si se necesita información consolidada o apoyo a dirección.

Presupuesto y puesta en marcha

Qué documentación nos tienes que facilitar

Para presupuestar: número de sociedades, actividad, trabajadores, facturas emitidas y recibidas aproximadas, operaciones especiales y qué servicios quieres externalizar. No necesitamos tu documentación confidencial completa para darte una propuesta inicial.

Al contratar: documentación identificativa y censal, escrituras relevantes, últimas declaraciones, balances, libros, extractos y datos de personal cuando corresponda. Se acuerda qué aporta la empresa y qué recopila ESECE.

Qué queda fuera si no se contrata expresamente: actuaciones judiciales, reestructuraciones societarias, inspecciones complejas, operaciones extraordinarias y trámites registrales específicos. Los libros y las cuentas anuales también deben figurar expresamente en el alcance.

Como referencia, la AEAT explica las obligaciones de libros y cuentas anuales; los plazos concretos dependen de la fecha de cierre y del régimen aplicable.

Si ya trabajas con otra gestoría, puedes ver cómo organizamos el cambio de asesoría sin esperar al cierre del año.

Pedir una propuesta para mi SL →
Plazos que no conviene confundir

El calendario de una SL no termina con el IVA

La planificación contable empieza el día del cierre del ejercicio. Estos hitos corresponden al régimen mercantil general y deben adaptarse a las circunstancias de la sociedad y a la normativa aplicable.

01

Formulación de las cuentas

Los administradores deben formular las cuentas anuales en los tres meses siguientes al cierre del ejercicio, con las especialidades que procedan.

02

Legalización de libros

Los libros obligatorios se legalizan, con carácter general, antes de que transcurran cuatro meses desde el cierre.

03

Aprobación y depósito

La junta ordinaria se reúne en los primeros seis meses; el depósito de las cuentas tiene su propio plazo de un mes desde la aprobación.

04

Impuesto sobre Sociedades

La declaración se presenta, como regla general, dentro de los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al fin del período impositivo.

Importante: no todas las sociedades cierran el 31 de diciembre. Si el ejercicio no coincide con el año natural, tampoco coinciden necesariamente sus fechas de formulación, cuentas e Impuesto sobre Sociedades. El calendario trimestral de IVA y retenciones se revisa aparte.

Fuentes oficiales: Ley de Sociedades de Capital, artículos 164, 253 y 279; AEAT, libros obligatorios y legalización; AEAT, plazo del Impuesto sobre Sociedades. Referencias consultadas el 12/10/2026.

Dónde surgen los problemas

Cinco cuestiones que revisamos antes de decidir

Llevar bien los modelos periódicos es solo parte del trabajo. Estas situaciones exigen comprobar documentos, identificar el tratamiento aplicable y no confundir decisiones societarias con movimientos de caja.

Sueldos de socios y administradores

Retribución, funciones, estatutos, retenciones y encuadramiento en Seguridad Social no dependen solo de que la persona sea socia: se analizan sus circunstancias y las reglas aplicables.

Facturas entre empresas vinculadas

Las operaciones entre socios, administradores y otras sociedades requieren identificar quién presta el servicio, justificarlo y revisar si existen reglas específicas de valoración y documentación.

Reparto de beneficios

Antes de distribuir dividendos conviene comprobar resultado, reservas, acuerdos sociales y consecuencias tributarias para la sociedad y los perceptores.

Inversiones y financiación

Una compra de inmovilizado, un préstamo de socio o una operación inmobiliaria puede afectar a la contabilidad, al IVA, al Impuesto sobre Sociedades y a la documentación mercantil.

Sociedades sin actividad o con pérdidas

Que una sociedad apenas facture no significa que hayan desaparecido todas sus obligaciones. Revisamos su situación registral, fiscal y documental antes de proponer actuaciones.

Requerimientos y contabilidad heredada

Una liquidación pendiente o unos saldos de apertura incorrectos pueden condicionar las decisiones del nuevo ejercicio. El traspaso se estudia desde el último cierre disponible.

Transparencia comercial

Qué determina el presupuesto mensual

Para comparar dos propuestas no basta con la cuota final: importa comprobar qué obligaciones y trabajo de cierre incluye cada una.

FactorQué preguntamosPor qué importa
Volumen contableFacturas emitidas y recibidas, bancos, plataformas y movimientos.Condiciona la carga de registro, conciliación y revisión.
Obligaciones fiscalesIVA, retenciones, operaciones internacionales y regímenes aplicables.Determina declaraciones periódicas y complejidad del expediente.
PlantillaNúmero de empleados, centros, convenios y movimientos mensuales.Delimita el servicio laboral y los trabajos extraordinarios.
Cierre y registroLibros, cuentas anuales, legalización, depósito e informes.Hay que indicar expresamente si están incluidos o se presupuestan aparte.
Estructura empresarialUna o varias sociedades, operaciones vinculadas y administradores.Puede exigir encargos y revisiones distintos por entidad.

La propuesta especifica alcance, periodicidad y actuaciones fuera de iguala. No atribuimos un precio estándar a empresas con obligaciones diferentes.

Si crece la estructura

¿Tienes varias SL con operaciones entre ellas?

Los préstamos, alquileres, servicios y saldos entre sociedades relacionadas deben documentarse. Una participación societaria, por sí sola, no significa que todas las empresas puedan declarar conjuntamente el Impuesto sobre Sociedades.

Consulta nuestra guía de gestión fiscal y contable de grupos de empresas, con operaciones vinculadas, modelo 232, régimen de consolidación y una propuesta de coordinación por entidad.

Preguntas frecuentes

Antes de contratar

¿Se encargan el mismo equipo de los impuestos y la contabilidad? +

ESECE coordina el trabajo fiscal y contable para que ambas funciones utilicen información coherente. Antes de empezar fijamos cómo se entrega la documentación y qué revisiones están incluidas.

¿Las cuentas anuales están incluidas en la iguala? +

No se debe presuponer. El presupuesto indicará si incluye preparación de cuentas, libros, legalización y depósito en el Registro Mercantil.

¿Podéis gestionar las nóminas de la sociedad? +

Sí. El área laboral puede integrarse en la propuesta según el número de trabajadores, los contratos y las incidencias de personal.

¿Cómo se calcula el precio mensual de una SL? +

Valoramos facturas y movimientos, complejidad de la actividad, empleados, declaraciones, número de entidades y tareas extraordinarias.

¿Puedo cambiar de asesoría en octubre o en cualquier otro mes? +

Sí. Revisamos el trabajo realizado y pendiente, delimitamos quién presenta cada declaración y acordamos una fecha de inicio.

¿La situación del administrador se resuelve igual en todas las SL? +

No. Retribución, funciones y encuadramiento en la Seguridad Social requieren revisar la situación concreta de cada administrador.

¿Constituir la sociedad y llevar su contabilidad es lo mismo? +

No. La constitución es una actuación inicial, mientras que la gestión contable y fiscal exige un servicio periódico. Se presupuestan de forma diferenciada.

¿En qué plazo se formulan y depositan las cuentas anuales? +

Como regla general, los administradores formulan las cuentas dentro de los tres meses siguientes al cierre; la junta ordinaria se celebra dentro de los seis primeros meses y el depósito se presenta en el mes siguiente a la aprobación. Deben comprobarse los plazos y particularidades aplicables a cada sociedad.

¿Una SL inactiva deja de tener obligaciones? +

No necesariamente. La falta de facturación no elimina por sí sola las obligaciones mercantiles, contables o tributarias. Hay que revisar la situación concreta y las comunicaciones realizadas.

¿Trabajáis con varias sociedades del mismo grupo? +

Podemos coordinar su gestión tras analizar obligaciones y documentación individual de cada entidad. Las operaciones vinculadas y los trabajos societarios especiales deben presupuestarse expresamente.

¿Tienes una situación que no aparece aquí? Explícanosla.

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