AGADIC · Xunta de Galicia · CT402C

Agadic: distribución de artes escénicas y música 2026

Autónomos y empresas con actividad en Galicia (excl. asociaciones sin ánimo de lucro): giras y presencia en ferias/mercados (mín. 4 funciones / 3 espacios).

Cerró el 26/08/2026
Esta convocatoria ya cerró (el 26/08/2026). La dejamos publicada porque muchas se repiten cada año con condiciones parecidas: si te interesa, dínoslo y te avisamos cuando vuelva a abrirse. En el catálogo están las que siguen abiertas.

De un vistazo

Organismo
AGADIC · Xunta de Galicia
Código
CT402C
Plazo
Cerró el 26/08/2026
Se abrió el
26/05/2026
Para quién
Autónomos · Sociedades (SL, SA)
Tema
Sectorial · Otras
Ficha revisada
16/09/2026

Qué se obtiene

Subvención para giras y presencia en ferias y mercados del sector.

Quién puede pedirla

Está dirigida a autónomos y sociedades (SL o SA) con actividad en Galicia.

Requisitos principales

  • Ser autónomo o empresa con actividad en Galicia (no asociaciones sin ánimo de lucro).
  • Gira con un mínimo de 4 funciones en al menos 3 espacios distintos.
  • Actividad de artes escénicas o música.

Esto es un resumen en castellano llano de lo que publica la convocatoria, no el texto oficial. Lo que manda son sus bases y su publicación en el diario oficial: consulta aquí la ficha oficial.

Cómo se concede

En la información publicada no consta si esta ayuda se resuelve por orden de entrada o por puntuación, y no es un detalle menor: en las primeras el crédito se agota y quien llega tarde queda fuera aunque lo cumpla todo; en las segundas se comparan todas las solicitudes y la fecha dentro del plazo da igual.

Es de lo primero que miramos en las bases reguladoras antes de mover nada, porque cambia entera la forma de preparar el expediente.

Qué documentación hace falta

Son 3 documentos para presentarla, y uno lo conseguimos nosotros: tú reúnes los otros 2. Al abrir el expediente te decimos cuáles son exactamente y con qué plazo.

La parte que suele asustar —los certificados de estar al corriente con Hacienda, con la Seguridad Social y con la Xunta, la situación censal, el alta en el IAE, la vida laboral— no la tienes que buscar tú: son datos que ya están en manos de la administración y los obtenemos nosotros. Lo que sí tienes que aportar es lo que no consta en ningún registro: la escritura, un presupuesto, una memoria de lo que vas a hacer.

La solicitud se firma y se presenta siempre con tu certificado digital, no con el nuestro. Nosotros montamos el expediente y te acompañamos en la presentación.

Si te la conceden, hay que justificarla

En esta convocatoria la justificación son 9 documentos, con su propio plazo, que empieza a contar cuando llega la resolución. De eso nos ocupamos también nosotros.

Una ayuda concedida no es una ayuda cobrada. Después hay que demostrar que el dinero se gastó en lo que se dijo y que se pagó de verdad: facturas, justificantes bancarios de pago, la cuenta justificativa y, según el caso, una memoria de lo hecho y la publicidad de la ayuda. Es la fase en la que se caen expedientes ya ganados, casi siempre por un plazo que se pasa o por un pago en efectivo que no se admite.

Ojo también con el orden: la mayoría de convocatorias exige que el gasto se haga DESPUÉS de presentar la solicitud. Si la compra o la contratación ya está firmada, lo normal es que no entre. Si estás pensando en invertir, pregunta antes de gastar.

Qué hacemos nosotros

1

Miramos si te encaja

Contrastamos tu situación con las bases antes de mover nada. Si no cumples un requisito, te lo decimos entonces y no después.

2

Reunimos la documentación

Los certificados de estar al corriente, la situación censal, el alta en el IAE o la vida laboral no los tienes que buscar tú: los conseguimos nosotros.

3

Presentamos y justificamos

Se presenta en plazo y con la documentación revisada, siempre con tu certificado digital. Y si te la conceden, preparamos también la justificación.

4

Y lo sigues desde tu portal

Los papeles que hagan falta te los pedimos desde tu Portal de Cliente: cada uno con su plazo y su carpeta, y ves lo que ya llevas entregado.

Ver el servicio de tramitación al detalle — qué incluye antes y después de presentar.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede pedir esta ayuda?

Está dirigida a autónomos y sociedades (SL o SA) con actividad en Galicia. Además hay que cumplir sus requisitos: Ser autónomo o empresa con actividad en Galicia (no asociaciones sin ánimo de lucro). Gira con un mínimo de 4 funciones en al menos 3 espacios distintos. Actividad de artes escénicas o música. Antes de mover nada contrastamos tu situación con las bases, y si hay algo que no cumples te lo decimos entonces y no después de haber trabajado el expediente.

¿Cuánto dan?

Subvención para giras y presencia en ferias y mercados del sector. Es lo que publica la convocatoria; el importe que te corresponda depende de tu caso concreto y de lo que acredites.

¿Hasta cuándo se puede presentar?

El plazo de esta convocatoria cerró el 26/08/2026. Muchas se repiten cada año con condiciones parecidas, así que si te interesa te avisamos cuando vuelva a abrirse. Mientras tanto, en el catálogo están las que siguen abiertas.

¿Se concede por orden de llegada o se comparan las solicitudes?

En la información publicada no consta, y es de lo primero que miramos en las bases: cambia entera la forma de preparar el expediente. En las de orden de entrada el crédito se agota; en las de puntuación se compara con las demás y la fecha da igual.

¿Cuántos papeles tengo que reunir yo?

Menos de los que parece: de los 3 documentos que pide, uno lo conseguimos nosotros y tú aportas los otros 2. Los certificados de estar al corriente, la situación censal, el alta en el IAE o la vida laboral no los tienes que ir a buscar. Lo que sí tienes que aportar es lo que no consta en ningún registro: la escritura, un presupuesto, una memoria.

¿Puedo empezar el gasto antes de que me la concedan?

Casi siempre no, y es el error que más ayudas tira a la basura. La mayoría de convocatorias exige que la compra, la obra o la contratación se haga después de presentar la solicitud; si el pedido ya está firmado, lo normal es que ese gasto no entre. Hay excepciones —alguna admite gastos desde el 1 de enero del año—, y es de lo primero que comprobamos. Si estás pensando en invertir, pregunta antes de gastar.

¿Qué cobráis por tramitarla?

Depende de la convocatoria y del trabajo que lleve, así que no ponemos aquí una tarifa que luego no te valga. Te lo decimos por escrito y antes de empezar, con el importe concreto de tu caso, y no se presenta nada hasta que lo aceptas.

¿Te encaja esta?

Cuéntanos tu situación y te decimos si cumples los requisitos y qué plazo real tienes. Sin compromiso, y antes de que gastes un euro.

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