Cerrada
Renova o teu Vehículo 2026
Renovación de turismos y furgonetas con achatarramiento. Particulares, autónomos y empresas (hasta 10 vehículos) con sede o centro en Galicia. Ayuda del INEGA de 2.000 o 3.000 € (un 20 % más para familias numerosas) y 1.000 € de descuento del concesionario. Atención: la bolsa para empresas es de solo 250.000 € y puede agotarse pronto. Por orden de entrada.
Antes de gastar un euro
¿Puedo empezar ya el gasto?
Sí. Valen la compra y el achatarramiento hechos desde el 1 de enero de 2026, también antes de la solicitud, que la presenta el concesionario adherido.
De un vistazo
- Estado
- Cerrada
- Plazo
- Cerró el 30/09/2026 a las 20:00
- Apertura
- 22/01/2026 a las 09:00
- Cierre
- 30/09/2026 a las 20:00 (hora peninsular)
- Cuantía máxima
- 3.600 €
- Presupuesto de la convocatoria
- 3.500.000 €
- Concesión
- Por orden de llegada
- Para quién
- Autónomos · Sociedades (SL, SA) · Particulares
- Organismo
- INEGA · Xunta de Galicia
- Ámbito
- Galicia
- Código
- IN421U
- Tema
- Energía y eficiencia · Otras
- Plazo comprobado
- 07/10/2026, en la fuente oficial
- Ficha revisada
- 07/10/2026, contra la convocatoria
- Página actualizada
- 07/10/2026
Qué se obtiene
Ayuda del INEGA de 3.000 € por un turismo de 99 g CO2/km o menos y de 2.000 € por el resto de turismos y furgonetas subvencionables, un 20 % más (3.600 € y 2.400 €) para familias numerosas. Ayuda pública máxima: 3.600 €.
Además, el concesionario aplica un descuento de 1.000 €, que no es ayuda pública.
Por orden de entrada.
Quién puede pedirla
Está dirigida a autónomos, sociedades (SL o SA) y particulares con actividad en Galicia.
Requisitos principales
- La solicitud la presenta un concesionario adherido, no el comprador; la ayuda se descuenta en la factura y el Inega se la paga al concesionario.
- Personas físicas con residencia habitual en Galicia, y empresas y autónomos con domicilio social o centro de trabajo en Galicia. Excluidos los concesionarios y puntos de venta (IAE 615.1 y 654.1).
- Compra de un vehículo nuevo: turismo M1 de 118 g CO2/km o menos, o furgoneta N1 de 110 g CO2/km o menos (MTMA < 2.500 kg) o 180 g o menos (MTMA ≥ 2.500 kg).
- Precio máximo 42.000 € impuestos incluidos; 47.000 € si es eléctrico con más de 30 km de autonomía eléctrica; 6.000 € más si está adaptado a personas con discapacidad o tiene 8 o 9 plazas.
- Achatarrar un M1 o N1 matriculado en España con al menos 10 años (M1) o 5 años (N1) desde la primera matriculación, al día del IVTM y cuyo titular sea el comprador, su cónyuge o un familiar de primer grado desde, como mínimo, el día anterior a la publicación de la convocatoria (DOG de 23/12/2025).
- Compra y achatarramiento entre el 1/01/2026 y el 30/09/2026; todos los pagos dentro de esas fechas.
- Una persona física solo puede comprar un vehículo; un autónomo o empresa, hasta 10.
- Por orden de entrada hasta agotar fondos; para autónomos y empresas hay 250.000 €, que pueden redistribuirse.
- Incompatible con otras ayudas para la misma finalidad. Autónomos y empresas: régimen de minimis (300.000 € en tres años).
- Plazo para pedirla y justificarla: hasta el 30/09/2026 a las 20:00, o antes si se agotan los fondos.
Esto es un resumen en castellano llano de lo que publica la convocatoria, no el texto oficial. Lo que manda son sus bases y su publicación en el diario oficial: consulta aquí la ficha oficial.
Cómo se concede: por orden de entrada
Esta convocatoria no compara solicitudes: se resuelven por orden de entrada de la solicitud completa —si hay que subsanar algo, cuenta la fecha en que se subsana— y se van concediendo hasta que se acaba el crédito, que la administración publica cuando se agota.
Por eso conviene presentarla pronto y sin huecos: una solicitud incompleta el primer día no guarda el turno. Si el crédito se agota antes de que acabe el plazo, las que lleguen después pueden quedarse fuera aunque cumplan todos los requisitos.
Qué documentación hace falta
Son 10 documentos para presentarla. Al abrir el expediente te decimos cuáles son exactamente y con qué plazo, y los que estén en manos de la administración los consulta ella misma o los pedimos nosotros.
La parte que suele asustar —los certificados de estar al corriente con Hacienda, con la Seguridad Social y con la Xunta, la situación censal, el alta en el IAE, la vida laboral— no la tienes que buscar tú: en la mayoría de convocatorias los consulta la propia administración, salvo que te opongas, y cuando hace falta aportarlos los conseguimos nosotros. Lo que sí tienes que aportar es lo que no consta en ningún registro: la escritura, un presupuesto, las facturas. Los anexos y las memorias los redactamos contigo, con lo que nos cuentes de tu proyecto.
La solicitud la firmas tú, con tu certificado digital o con Chave365, no nosotros. Nosotros montamos el expediente y te acompañamos en la presentación.
Si te la conceden, hay que justificarla
En esta convocatoria la justificación son 7 documentos, con su propio plazo: el que fije la convocatoria o la resolución. De eso nos ocupamos también nosotros.
Que te la concedan no es el final: después hay que demostrar que el dinero se gastó en lo que se dijo y que se pagó de verdad, con facturas, justificantes bancarios de pago, la cuenta justificativa y, según el caso, una memoria de lo hecho y la publicidad de la ayuda. Lo normal es cobrarla al justificarla, aunque hay convocatorias que pagan al conceder o adelantan una parte y se justifican después. Es la fase en la que se caen expedientes ya ganados, casi siempre por un plazo que se pasa o por un pago en efectivo que no se admite.
Qué hacemos nosotros
Miramos si te encaja
Contrastamos tu situación con las bases antes de mover nada. Si no cumples un requisito, te lo decimos entonces y no después.
Reunimos la documentación
Los certificados de estar al corriente, la situación censal, el alta en el IAE o la vida laboral no los tienes que buscar tú: en la mayoría de convocatorias los consulta la propia administración, y cuando hace falta aportarlos los conseguimos nosotros.
Presentamos y justificamos
Se presenta en plazo y con la documentación revisada; la firmas tú, con tu certificado digital o con Chave365. Y si te la conceden, preparamos también la justificación.
Y lo sigues desde tu portal
Los papeles que hagan falta te los pedimos desde tu Portal de Cliente: cada uno con su plazo y su carpeta, y ves lo que ya llevas entregado.
Ver el servicio de tramitación al detalle — qué incluye antes y después de presentar.
Fuentes oficiales
Lo que manda es lo publicado en el diario oficial y en la sede. Estas son las publicaciones de esta convocatoria, de la más antigua a la más reciente:
Preguntas frecuentes
¿Quién puede pedir esta ayuda?
Está dirigida a autónomos, sociedades (SL o SA) y particulares con actividad en Galicia. Sus requisitos principales: La solicitud la presenta un concesionario adherido, no el comprador; la ayuda se descuenta en la factura y el Inega se la paga al concesionario. Personas físicas con residencia habitual en Galicia, y empresas y autónomos con domicilio social o centro de trabajo en Galicia. Excluidos los concesionarios y puntos de venta (IAE 615.1 y 654.1). Compra de un vehículo nuevo: turismo M1 de 118 g CO2/km o menos, o furgoneta N1 de 110 g CO2/km o menos (MTMA < 2.500 kg) o 180 g o menos (MTMA ≥ 2.500 kg). Precio máximo 42.000 € impuestos incluidos; 47.000 € si es eléctrico con más de 30 km de autonomía eléctrica; 6.000 € más si está adaptado a personas con discapacidad o tiene 8 o 9 plazas. Achatarrar un M1 o N1 matriculado en España con al menos 10 años (M1) o 5 años (N1) desde la primera matriculación, al día del IVTM y cuyo titular sea el comprador, su cónyuge o un familiar de primer grado desde, como mínimo, el día anterior a la publicación de la convocatoria (DOG de 23/12/2025). Compra y achatarramiento entre el 1/01/2026 y el 30/09/2026; todos los pagos dentro de esas fechas. Una persona física solo puede comprar un vehículo; un autónomo o empresa, hasta 10. Por orden de entrada hasta agotar fondos; para autónomos y empresas hay 250.000 €, que pueden redistribuirse. Incompatible con otras ayudas para la misma finalidad. Autónomos y empresas: régimen de minimis (300.000 € en tres años). Plazo para pedirla y justificarla: hasta el 30/09/2026 a las 20:00, o antes si se agotan los fondos. Antes de mover nada contrastamos tu situación con las bases, y si hay algo que no cumples te lo decimos entonces y no después de haber trabajado el expediente.
¿Cuánto dan?
Ayuda del INEGA de 3.000 € por un turismo de 99 g CO2/km o menos y de 2.000 € por el resto de turismos y furgonetas subvencionables, un 20 % más (3.600 € y 2.400 €) para familias numerosas. Ayuda pública máxima: 3.600 €. Además, el concesionario aplica un descuento de 1.000 €, que no es ayuda pública. Por orden de entrada. Es lo que publica la convocatoria; el importe que te corresponda depende de tu caso concreto y de lo que acredites.
¿Hasta cuándo se puede presentar?
El plazo de esta convocatoria cerró el 30/09/2026 a las 20:00. Muchas se repiten cada año con condiciones parecidas, así que si te interesa te avisamos cuando vuelva a abrirse. Mientras tanto, en el catálogo están las que siguen abiertas.
¿Se concede por orden de llegada o se comparan las solicitudes?
Por orden de entrada de la solicitud completa, hasta agotar el crédito: si hay que subsanar algo, cuenta la fecha en que se subsana. Por eso conviene presentarla pronto y sin huecos; si el crédito se agota antes de que acabe el plazo, la administración lo publica y las que lleguen después pueden quedarse fuera aunque cumplan los requisitos.
¿Cuántos papeles tengo que reunir yo?
Menos de los que parece: de los 10 documentos que pide, los que están en manos de la administración los consulta ella misma o los pedimos nosotros. Los certificados de estar al corriente, la situación censal, el alta en el IAE o la vida laboral no los tienes que ir a buscar: en la mayoría de convocatorias los consulta la propia administración, y cuando hace falta aportarlos los conseguimos nosotros. Los anexos y las memorias los redactamos contigo. Lo que sí tienes que aportar es lo que no consta en ningún registro: la escritura, un presupuesto, las facturas.
¿Puedo empezar el gasto antes de pedirla o de que me la concedan?
En esta convocatoria: Sí. Valen la compra y el achatarramiento hechos desde el 1 de enero de 2026, también antes de la solicitud, que la presenta el concesionario adherido. Equivocarse en el momento del gasto es el error que más ayudas tira a la basura: si estás pensando en invertir o contratar, pregunta antes.
¿Qué cobráis por tramitarla?
Depende de la convocatoria y del trabajo que lleve, así que no ponemos aquí una tarifa que luego no te valga. Te lo decimos por escrito y antes de empezar, con el importe concreto de tu caso, y no se presenta nada hasta que lo aceptas.
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Queda aquí como consulta: muchas se repiten cada año con condiciones parecidas. En el catálogo están las que siguen abiertas.
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