Abierta
INNOVAE: proyectos innovadores de ahorro y eficiencia energética
Subvención a fondo perdido para proyectos innovadores que reduzcan el consumo de energía final en cuatro líneas: movilidad sostenible, procesos industriales, renovación profunda de edificios del sector terciario para dejarlos en cero emisiones y sustitución de grandes equipos de frío. Pueden pedirla empresas de cualquier tamaño y, en las líneas de movilidad y de frío, también autónomos. La ayuda llega hasta 2 millones de euros por proyecto (3 millones en edificios y 4,5 millones en movilidad), con un porcentaje del coste que depende del tamaño de la empresa y del tipo de proyecto.
Antes de gastar un euro
¿Puedo empezar ya el gasto?
No. El proyecto tiene que empezar después de registrar la solicitud: la fecha de inicio es el primer compromiso en firme de pedido de equipos u otro compromiso que haga irreversible la inversión. Solo se admiten facturas anteriores del prediagnóstico o la auditoría energética.
Quién no puede pedirla
Proyectos sin innovación o que consistan solo en estudios Proyectos iniciados antes de registrar la solicitud Movilidad: puntos de recarga de vehículos eléctricos, procesos industriales, productivos o prototipos Industria: cogeneración y renovables que no consigan ahorro de energía final Frío: sector de la pesca y la acuicultura, climatización de confort regulada por el RITE, frío de medios de transporte y sistemas de absorción o adsorción Empresas en crisis y empresas con una orden de recuperación de ayudas pendiente
Plazo comprobado en la sede del IDAE, en la convocatoria (disposición undécima) y en la BDNS: del 15/09/2026 a las 9:00 al 18/11/2026 a las 12:00. Presupuesto repartido por líneas; si alguna no se agota, el sobrante puede pasar a las demás por la lista de reserva. Plazo para resolver: seis meses desde el cierre de solicitudes. No se han recogido los requisitos y documentos propios del sector público. El IDAE publica en la sede la documentación de solicitud y preguntas frecuentes de cada línea.
De un vistazo
- Estado
- Abierta
- Plazo
- Abierta hasta el 18/11/2026 a las 12:00
- Apertura
- 15/09/2026 a las 09:00
- Cierre
- 18/11/2026 a las 12:00 (hora peninsular)
- Cuantía máxima
- 4.500.000 €
- Presupuesto de la convocatoria
- 115.000.000 €
- Concesión
- Por puntuación
- Para quién
- Autónomos · Sociedades (SL, SA) · Cooperativas y sociedades laborales · Asociaciones y fundaciones
- Organismo
- IDAE (Ministerio para la Transición Ecológica)
- Ámbito
- España
- Código
- INNOVAE-2026
- Tema
- Energía y eficiencia · Inversión y equipamiento
- Página actualizada
- 29/09/2026
Qué se obtiene
Subvención a fondo perdido sobre el coste subvencionable del proyecto
Ayuda máxima por proyecto: 4.500.000 € en movilidad sostenible, 2.000.000 € en sector industrial, 3.000.000 € en edificios del sector terciario y 2.000.000 € en sustitución de generadores de frío
Porcentaje máximo en movilidad, industria y frío (artículo 38 del Reglamento 651/2014): 50 % pequeña empresa, 40 % mediana y 30 % gran empresa, con más porcentaje en zonas asistidas (hasta 55 %, 45 % y 35 % en zonas «c»). En industria y frío el coste subvencionable es la diferencia con una inversión de referencia menos eficiente; si no se identifica esa inversión, los porcentajes se reducen a la mitad
Porcentaje máximo en edificios (artículo 38 bis): 65 % pequeña empresa, 55 % mediana y 45 % gran empresa, con más porcentaje en zonas asistidas (hasta 70 %, 60 % y 50 % en zonas «c»)
Entidades sin actividad económica: hasta el 70 %
Se puede pedir menos porcentaje del máximo: la ayuda pedida por unidad de energía ahorrada puntúa
Anticipo de hasta el 80 % de la ayuda, con garantía depositada en la Caja General de Depósitos
Presupuesto: 115 millones de euros (30 M€ movilidad, 30 M€ industria, 30 M€ edificios terciarios y 25 M€ frío)
Qué financia
Proyecto de ejecución, con ensayos, estudios y pruebas necesarios Dirección facultativa y coordinación de seguridad y salud Obra civil (hasta el 20 % de la inversión subvencionable) y montaje de instalaciones Equipos, materiales, instalaciones auxiliares, transporte, puesta en marcha, controles de calidad y ensayos Prediagnóstico o auditoría energética previa (salvo la auditoría obligatoria por el Real Decreto 56/2016) Certificado de eficiencia energética y su registro Gestión de la solicitud y de la justificación: hasta 20.000 € de coste por proyecto Informe del auditor sobre la cuenta justificativa y sobre plazos de pago: hasta 10.000 € por informe
Quién puede pedirla
Está dirigida a autónomos, sociedades (SL o SA), cooperativas y sociedades laborales y asociaciones y fundaciones con actividad en Galicia.
Requisitos principales
- El proyecto tiene que ser innovador y reducir el consumo de energía final; un proyecto que solo repite soluciones ya existentes, o que consiste solo en estudios, queda excluido
- Movilidad sostenible: empresas, autónomos dados de alta en el censo de Hacienda, universidades y centros de investigación, consorcios y agrupaciones empresariales. Ahorro mínimo de 60 tep al año y coste subvencionable mínimo de 200.000 €. No entran los puntos de recarga de vehículos eléctricos ni procesos industriales o prototipos
- Sector industrial: empresas con CNAE industrial (divisiones 07 a 11, 13 a 33 y 35 a 39: alimentación, bebidas, textil, madera, papel, química, metal, maquinaria, fabricación de vehículos, agua y residuos, entre otras) y empresas de servicios energéticos. Ahorro mínimo del 20 % de la energía final y coste subvencionable mínimo de 100.000 €. No entran la cogeneración ni las renovables que no ahorren energía final
- Edificios del sector terciario (hoteles, comercios, restauración, oficinas, centros sanitarios, docentes, deportivos, culturales…): empresas, universidades, empresas de servicios energéticos, comunidades de propietarios y entidades sin ánimo de lucro. Renovación en profundidad para dejar el edificio en cero emisiones, con al menos dos tipos de actuación, calificación A o B tras la obra y ahorro mínimo del 60 % de energía primaria y del 20 % de energía final. Coste subvencionable mínimo de 1.000.000 €
- Sustitución de generadores de frío: empresas, autónomos, universidades, consorcios y empresas de servicios energéticos. Sustitución de grandes sistemas de refrigeración por compresión con compresores de 100 kW eléctricos o más, ahorro de energía final superior al 20 % y refrigerante nuevo con potencial de calentamiento inferior a 150. Coste subvencionable mínimo de 100.000 €. Quedan fuera la pesca y la acuicultura, la climatización de confort y el frío de los medios de transporte
- El proyecto no puede haber empezado antes de registrar la solicitud
- Una sola solicitud por beneficiario y ubicación en esta convocatoria
- Memoria descriptiva del proyecto firmada por un técnico competente, según el modelo del IDAE
- Si la ayuda supera 30.000 €, acreditar que se cumplen los plazos de pago a proveedores de la Ley 3/2004 (artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003)
- Domicilio fiscal en España
- Estar al corriente con Hacienda y con la Seguridad Social y no estar en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003
- No tener pendiente una orden de recuperación de ayudas de la Comisión Europea ni deudas por reintegro de ayudas o préstamos
- No ser empresa en crisis según el Reglamento (UE) 651/2014
Esto es un resumen en castellano llano de lo que publica la convocatoria, no el texto oficial. Lo que manda son sus bases y su publicación en el diario oficial: consulta aquí la ficha oficial.
Cómo se concede: por puntuación
Esta convocatoria es de concurrencia competitiva: se recogen todas las solicitudes, se valoran juntas al cerrarse el plazo y se ordenan por puntuación hasta agotar el crédito. El día que presentes dentro del plazo no influye; lo que decide es cómo puntúa tu proyecto frente a los demás.
Por eso aquí el trabajo está en el contenido del expediente —la memoria, cómo se justifica cada criterio, qué se aporta para acreditarlo— y no en correr. Presentar el último día bien preparado es mejor que presentar el primero a medias.
Qué documentación hace falta
Son 26 documentos para presentarla, y 9 los preparamos nosotros: tú reúnes los otros 17. Al abrir el expediente te decimos cuáles son exactamente y con qué plazo.
La parte que suele asustar —los certificados de estar al corriente con Hacienda, con la Seguridad Social y con la Xunta, la situación censal, el alta en el IAE, la vida laboral— no la tienes que buscar tú: son datos que ya están en manos de la administración y los obtenemos nosotros. Lo que sí tienes que aportar es lo que no consta en ningún registro: la escritura, un presupuesto, las facturas. Los anexos y las memorias los redactamos contigo, con lo que nos cuentes de tu proyecto.
La solicitud se firma y se presenta siempre con tu certificado digital, no con el nuestro. Nosotros montamos el expediente y te acompañamos en la presentación.
Si te la conceden, hay que justificarla
En esta convocatoria la justificación son 19 documentos, con su propio plazo, que empieza a contar cuando llega la resolución. De eso nos ocupamos también nosotros.
Una ayuda concedida no es una ayuda cobrada. Después hay que demostrar que el dinero se gastó en lo que se dijo y que se pagó de verdad: facturas, justificantes bancarios de pago, la cuenta justificativa y, según el caso, una memoria de lo hecho y la publicidad de la ayuda. Es la fase en la que se caen expedientes ya ganados, casi siempre por un plazo que se pasa o por un pago en efectivo que no se admite.
Ojo también con el orden: la mayoría de convocatorias exige que el gasto se haga DESPUÉS de presentar la solicitud. Si la compra o la contratación ya está firmada, lo normal es que no entre. Si estás pensando en invertir, pregunta antes de gastar.
Qué hacemos nosotros
Miramos si te encaja
Contrastamos tu situación con las bases antes de mover nada. Si no cumples un requisito, te lo decimos entonces y no después.
Reunimos la documentación
Los certificados de estar al corriente, la situación censal, el alta en el IAE o la vida laboral no los tienes que buscar tú: los conseguimos nosotros.
Presentamos y justificamos
Se presenta en plazo y con la documentación revisada, siempre con tu certificado digital. Y si te la conceden, preparamos también la justificación.
Y lo sigues desde tu portal
Los papeles que hagan falta te los pedimos desde tu Portal de Cliente: cada uno con su plazo y su carpeta, y ves lo que ya llevas entregado.
Ver el servicio de tramitación al detalle — qué incluye antes y después de presentar.
Fuentes oficiales
Lo que manda es lo publicado en el diario oficial y en la sede. Estas son las publicaciones de esta convocatoria, de la más antigua a la más reciente:
- Primera convocatoria del Programa INNOVAE (sede electrónica del IDAE)
- Orden TED/569/2026, de 4 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras del Programa INNOVAE BOE-A-2026-12282
- Resolución de 17 de julio de 2026 del Consejo de Administración del IDAE, primera convocatoria INNOVAE BDNS 920153
- Extracto de la Resolución de 17 de julio de 2026 (primera convocatoria INNOVAE) BOE-B-2026-24901
Preguntas frecuentes
¿Quién puede pedir esta ayuda?
Está dirigida a autónomos, sociedades (SL o SA), cooperativas y sociedades laborales y asociaciones y fundaciones con actividad en Galicia. Además hay que cumplir sus requisitos: El proyecto tiene que ser innovador y reducir el consumo de energía final; un proyecto que solo repite soluciones ya existentes, o que consiste solo en estudios, queda excluido Movilidad sostenible: empresas, autónomos dados de alta en el censo de Hacienda, universidades y centros de investigación, consorcios y agrupaciones empresariales. Ahorro mínimo de 60 tep al año y coste subvencionable mínimo de 200.000 €. No entran los puntos de recarga de vehículos eléctricos ni procesos industriales o prototipos Sector industrial: empresas con CNAE industrial (divisiones 07 a 11, 13 a 33 y 35 a 39: alimentación, bebidas, textil, madera, papel, química, metal, maquinaria, fabricación de vehículos, agua y residuos, entre otras) y empresas de servicios energéticos. Ahorro mínimo del 20 % de la energía final y coste subvencionable mínimo de 100.000 €. No entran la cogeneración ni las renovables que no ahorren energía final Edificios del sector terciario (hoteles, comercios, restauración, oficinas, centros sanitarios, docentes, deportivos, culturales…): empresas, universidades, empresas de servicios energéticos, comunidades de propietarios y entidades sin ánimo de lucro. Renovación en profundidad para dejar el edificio en cero emisiones, con al menos dos tipos de actuación, calificación A o B tras la obra y ahorro mínimo del 60 % de energía primaria y del 20 % de energía final. Coste subvencionable mínimo de 1.000.000 € Sustitución de generadores de frío: empresas, autónomos, universidades, consorcios y empresas de servicios energéticos. Sustitución de grandes sistemas de refrigeración por compresión con compresores de 100 kW eléctricos o más, ahorro de energía final superior al 20 % y refrigerante nuevo con potencial de calentamiento inferior a 150. Coste subvencionable mínimo de 100.000 €. Quedan fuera la pesca y la acuicultura, la climatización de confort y el frío de los medios de transporte El proyecto no puede haber empezado antes de registrar la solicitud Una sola solicitud por beneficiario y ubicación en esta convocatoria Memoria descriptiva del proyecto firmada por un técnico competente, según el modelo del IDAE Si la ayuda supera 30.000 €, acreditar que se cumplen los plazos de pago a proveedores de la Ley 3/2004 (artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003) Domicilio fiscal en España Estar al corriente con Hacienda y con la Seguridad Social y no estar en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003 No tener pendiente una orden de recuperación de ayudas de la Comisión Europea ni deudas por reintegro de ayudas o préstamos No ser empresa en crisis según el Reglamento (UE) 651/2014 Antes de mover nada contrastamos tu situación con las bases, y si hay algo que no cumples te lo decimos entonces y no después de haber trabajado el expediente.
¿Cuánto dan?
Subvención a fondo perdido sobre el coste subvencionable del proyecto Ayuda máxima por proyecto: 4.500.000 € en movilidad sostenible, 2.000.000 € en sector industrial, 3.000.000 € en edificios del sector terciario y 2.000.000 € en sustitución de generadores de frío Porcentaje máximo en movilidad, industria y frío (artículo 38 del Reglamento 651/2014): 50 % pequeña empresa, 40 % mediana y 30 % gran empresa, con más porcentaje en zonas asistidas (hasta 55 %, 45 % y 35 % en zonas «c»). En industria y frío el coste subvencionable es la diferencia con una inversión de referencia menos eficiente; si no se identifica esa inversión, los porcentajes se reducen a la mitad Porcentaje máximo en edificios (artículo 38 bis): 65 % pequeña empresa, 55 % mediana y 45 % gran empresa, con más porcentaje en zonas asistidas (hasta 70 %, 60 % y 50 % en zonas «c») Entidades sin actividad económica: hasta el 70 % Se puede pedir menos porcentaje del máximo: la ayuda pedida por unidad de energía ahorrada puntúa Anticipo de hasta el 80 % de la ayuda, con garantía depositada en la Caja General de Depósitos Presupuesto: 115 millones de euros (30 M€ movilidad, 30 M€ industria, 30 M€ edificios terciarios y 25 M€ frío) Es lo que publica la convocatoria; el importe que te corresponda depende de tu caso concreto y de lo que acredites.
¿Hasta cuándo se puede presentar?
El plazo termina el 18/11/2026 a las 12:00, y se abrió el 15/09/2026 a las 09:00. Ojo con el último día: el plazo acaba a las 12:00 (hora peninsular), no a medianoche.
¿Se concede por orden de llegada o se comparan las solicitudes?
Se comparan: todas las solicitudes se valoran juntas al cerrarse el plazo y se ordenan por puntuación. El día que presentes dentro del plazo no influye, así que lo que hay que cuidar es el contenido del expediente.
¿Cuántos papeles tengo que reunir yo?
Menos de los que parece: de los 26 documentos que pide, 9 los preparamos nosotros y tú aportas los otros 17. Los certificados de estar al corriente, la situación censal, el alta en el IAE o la vida laboral no los tienes que ir a buscar, y los anexos y las memorias los redactamos contigo. Lo que sí tienes que aportar es lo que no consta en ningún registro: la escritura, un presupuesto, las facturas.
¿Puedo empezar el gasto antes de que me la concedan?
En esta convocatoria: No. El proyecto tiene que empezar después de registrar la solicitud: la fecha de inicio es el primer compromiso en firme de pedido de equipos u otro compromiso que haga irreversible la inversión. Solo se admiten facturas anteriores del prediagnóstico o la auditoría energética. Es el error que más ayudas tira a la basura, así que si estás pensando en invertir o contratar, pregunta antes de gastar.
¿Qué cobráis por tramitarla?
Depende de la convocatoria y del trabajo que lleve, así que no ponemos aquí una tarifa que luego no te valga. Te lo decimos por escrito y antes de empezar, con el importe concreto de tu caso, y no se presenta nada hasta que lo aceptas.
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