Abierta
Programa Auto+ Línea 1: particulares sin actividad económica
Ayuda a la compra de vehículos eléctricos y electrificados para personas físicas que NO desarrollan actividad económica. Autónomos y empresas no pueden pedir esta línea: tienen la suya, la Línea 2, con su propio plazo. Plazo de la Línea 1: del 4 de agosto al 31 de diciembre de 2026 a las 14:00, por orden de presentación hasta agotar los 350 M€.
Antes de gastar un euro
Quién no puede pedirla
Personas que desarrollan una actividad económica (autónomos) y sociedades: tienen su propia línea, la Línea 2.
De un vistazo
- Estado
- Abierta
- Plazo
- Abierta hasta el 31/12/2026 a las 14:00
- Apertura
- 04/08/2026 a las 10:00
- Cierre
- 31/12/2026 a las 14:00 (hora peninsular)
- Cuantía máxima
- 5.000 €
- Presupuesto de la convocatoria
- 350.000.000 €
- Concesión
- Por orden de llegada
- Para quién
- Particulares
- Organismo
- Ministerio de Industria y Turismo
- Ámbito
- España (ámbito estatal)
- Código
- RD 609/2026 L1
- Tema
- Energía y eficiencia · Otras
- Plazo comprobado
- 25/09/2026, en la fuente oficial
- Ficha revisada
- 25/09/2026, contra la convocatoria
- Página actualizada
- 25/09/2026
Qué se obtiene
Hasta 4.500 € por un turismo (M1), 5.000 € por una furgoneta (N1), 1.100 € por una moto (L3e a L5e) y 1.500 € por un cuadriciclo (L6e y L7e).
La ayuda concreta se calcula sumando criterios (tipo de electrificación, precio y fabricación europea) hasta ese máximo.
Quién puede pedirla
Está dirigida a particulares con actividad en Galicia.
Requisitos principales
- Solo personas físicas que NO realicen actividad económica: un autónomo o una sociedad no pueden pedirla.
- Un vehículo por beneficiario.
- Vehículo eléctrico o electrificado con etiqueta ambiental CERO de la DGT (turismo, furgoneta o moto).
- Retroactiva: vale para vehículos matriculados a nombre del beneficiario desde el 01/01/2026, y desde el 01/01/2025 en algunos casos.
- Importe máximo: 4.500 € un turismo, 5.000 € una furgoneta, 1.100-1.500 € una moto.
- Por orden de solicitud hasta agotar los 350 millones de euros del programa.
Esto es un resumen en castellano llano de lo que publica la convocatoria, no el texto oficial. Lo que manda son sus bases y su publicación en el diario oficial: consulta aquí la ficha oficial.
Cómo se concede: por orden de entrada
Esta convocatoria no compara solicitudes. Se resuelven por orden de entrada y se van concediendo hasta que se acaba el crédito, así que el día que se presenta pesa más que cualquier otra cosa: cuando el dinero se agota se cierra, aunque el plazo siga abierto y aunque cumplas todos los requisitos.
En la práctica eso significa que el expediente tiene que estar montado antes de que abra el plazo, no durante. Es el tipo de ayuda en el que llegar una semana tarde vale exactamente lo mismo que no presentarla.
Qué documentación hace falta
Son 3 documentos para presentarla, y uno lo preparamos nosotros: tú reúnes los otros 2. Al abrir el expediente te decimos cuáles son exactamente y con qué plazo.
La parte que suele asustar —los certificados de estar al corriente con Hacienda, con la Seguridad Social y con la Xunta, la situación censal, el alta en el IAE, la vida laboral— no la tienes que buscar tú: son datos que ya están en manos de la administración y los obtenemos nosotros. Lo que sí tienes que aportar es lo que no consta en ningún registro: la escritura, un presupuesto, las facturas. Los anexos y las memorias los redactamos contigo, con lo que nos cuentes de tu proyecto.
La solicitud se firma y se presenta siempre con tu certificado digital, no con el nuestro. Nosotros montamos el expediente y te acompañamos en la presentación.
Si te la conceden, hay que justificarla
En esta convocatoria la justificación son 11 documentos, con su propio plazo, que empieza a contar cuando llega la resolución. De eso nos ocupamos también nosotros.
Una ayuda concedida no es una ayuda cobrada. Después hay que demostrar que el dinero se gastó en lo que se dijo y que se pagó de verdad: facturas, justificantes bancarios de pago, la cuenta justificativa y, según el caso, una memoria de lo hecho y la publicidad de la ayuda. Es la fase en la que se caen expedientes ya ganados, casi siempre por un plazo que se pasa o por un pago en efectivo que no se admite.
Ojo también con el orden: la mayoría de convocatorias exige que el gasto se haga DESPUÉS de presentar la solicitud. Si la compra o la contratación ya está firmada, lo normal es que no entre. Si estás pensando en invertir, pregunta antes de gastar.
Qué hacemos nosotros
Miramos si te encaja
Contrastamos tu situación con las bases antes de mover nada. Si no cumples un requisito, te lo decimos entonces y no después.
Reunimos la documentación
Los certificados de estar al corriente, la situación censal, el alta en el IAE o la vida laboral no los tienes que buscar tú: los conseguimos nosotros.
Presentamos y justificamos
Se presenta en plazo y con la documentación revisada, siempre con tu certificado digital. Y si te la conceden, preparamos también la justificación.
Y lo sigues desde tu portal
Los papeles que hagan falta te los pedimos desde tu Portal de Cliente: cada uno con su plazo y su carpeta, y ves lo que ya llevas entregado.
Ver el servicio de tramitación al detalle — qué incluye antes y después de presentar.
Fuentes oficiales
Lo que manda es lo publicado en el diario oficial y en la sede. Estas son las publicaciones de esta convocatoria, de la más antigua a la más reciente:
- Convocatoria 2026 de la Línea 1 BDNS 922783
- Real Decreto 609/2026, de 22 de julio (Programa Auto+) BOE-A-2026-16010
Preguntas frecuentes
¿Quién puede pedir esta ayuda?
Está dirigida a particulares con actividad en Galicia. Además hay que cumplir sus requisitos: Solo personas físicas que NO realicen actividad económica: un autónomo o una sociedad no pueden pedirla. Un vehículo por beneficiario. Vehículo eléctrico o electrificado con etiqueta ambiental CERO de la DGT (turismo, furgoneta o moto). Retroactiva: vale para vehículos matriculados a nombre del beneficiario desde el 01/01/2026, y desde el 01/01/2025 en algunos casos. Importe máximo: 4.500 € un turismo, 5.000 € una furgoneta, 1.100-1.500 € una moto. Por orden de solicitud hasta agotar los 350 millones de euros del programa. Antes de mover nada contrastamos tu situación con las bases, y si hay algo que no cumples te lo decimos entonces y no después de haber trabajado el expediente.
¿Cuánto dan?
Hasta 4.500 € por un turismo (M1), 5.000 € por una furgoneta (N1), 1.100 € por una moto (L3e a L5e) y 1.500 € por un cuadriciclo (L6e y L7e). La ayuda concreta se calcula sumando criterios (tipo de electrificación, precio y fabricación europea) hasta ese máximo. Es lo que publica la convocatoria; el importe que te corresponda depende de tu caso concreto y de lo que acredites.
¿Hasta cuándo se puede presentar?
El plazo termina el 31/12/2026 a las 14:00, y se abrió el 04/08/2026 a las 10:00. Ojo con el último día: el plazo acaba a las 14:00 (hora peninsular), no a medianoche.
¿Se concede por orden de llegada o se comparan las solicitudes?
Por orden de entrada, hasta agotar el crédito. Quien llega tarde queda fuera aunque cumpla todos los requisitos, así que el expediente conviene tenerlo montado antes de que abra el plazo.
¿Cuántos papeles tengo que reunir yo?
Menos de los que parece: de los 3 documentos que pide, uno lo preparamos nosotros y tú aportas los otros 2. Los certificados de estar al corriente, la situación censal, el alta en el IAE o la vida laboral no los tienes que ir a buscar, y los anexos y las memorias los redactamos contigo. Lo que sí tienes que aportar es lo que no consta en ningún registro: la escritura, un presupuesto, las facturas.
¿Puedo empezar el gasto antes de que me la concedan?
Casi siempre no, y es el error que más ayudas tira a la basura. La mayoría de convocatorias exige que la compra, la obra o la contratación se haga después de presentar la solicitud; si el pedido ya está firmado, lo normal es que ese gasto no entre. Hay excepciones —alguna admite gastos desde el 1 de enero del año—, y es de lo primero que comprobamos. Si estás pensando en invertir, pregunta antes de gastar.
¿Qué cobráis por tramitarla?
Depende de la convocatoria y del trabajo que lleve, así que no ponemos aquí una tarifa que luego no te valga. Te lo decimos por escrito y antes de empezar, con el importe concreto de tu caso, y no se presenta nada hasta que lo aceptas.
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