Abierta
ENISA — AgroInnpulso
Préstamo participativo de 25.000 a 1.500.000 € para el sector agroalimentario y del medio rural. Es financiación que se devuelve, no una subvención.
De un vistazo
- Estado
- Abierta
- Qué es
- Préstamo
- Plazo
- Abierta, sin fecha de cierre publicada
- Cuantía máxima
- 1.500.000 €
- Concesión
- Análisis de cada operación
- Para quién
- Sociedades (SL, SA)
- Organismo
- ENISA · Ministerio de Industria y Turismo
- Ámbito
- España (ámbito estatal)
- Código
- ENISA-AGRO
- Tema
- Investigación y desarrollo · Financiación · Sectorial
- Plazo comprobado
- 07/10/2026, en la fuente oficial
- Ficha revisada
- 07/10/2026, contra la convocatoria
- Página actualizada
- 07/10/2026
Qué se obtiene
Préstamo participativo de 25.000 a 1.500.000 €, sin avales ni garantías personales.
Con carácter general, hasta 7 años para devolverlo (cuotas trimestrales), con hasta 2 años de carencia del principal.
Interés en dos tramos: euríbor más un diferencial y un segundo tramo que depende de la rentabilidad de la empresa. Comisión de apertura del 0,5 %.
Quién puede pedirla
Pueden pedirla sociedades (SL o SA) de toda España que cumplan los requisitos.
Requisitos principales
- Empresa innovadora o de base tecnológica de la cadena de valor agroalimentaria (producción, transformación o comercialización), incluidas las del medio rural con actividad tecnológica (Agrotech)
- Sociedad mercantil constituida en España, con personalidad jurídica propia y domicilio fiscal en España
- Ser pyme: menos de 250 empleados y facturación inferior a 50 M€ o balance inferior a 43 M€
- Fondos propios al menos iguales al importe del préstamo que se pide
- Modelo de negocio innovador, con claras ventajas competitivas, y plan de negocio sólido
- Cuentas del último ejercicio depositadas en el Registro Mercantil; al corriente con Hacienda y Seguridad Social
- Si se piden más de 300.000 €, cuentas auditadas externamente
- Cumplir el principio DNSH (no causar perjuicio significativo al medio ambiente)
- Importe del préstamo: de 25.000 a 1.500.000 €, sin garantías
Esto es un resumen en castellano llano de lo que publica la convocatoria, no el texto oficial. Lo que manda son sus bases y su publicación en el diario oficial: consulta aquí la ficha oficial.
Cómo se concede: analizando cada operación
ENISA no compara tu solicitud con las de otras empresas: analiza cada operación por separado —la viabilidad del plan de negocio, los fondos propios y la estructura financiera— y, de media en unos 60 días, comunica si concede el préstamo y en qué condiciones. No es una convocatoria con plazo: admite solicitudes todo el año mientras la línea tenga fondos.
Por eso aquí el trabajo está en el plan de negocio y en las cuentas que lo respaldan, no en correr.
Qué documentación hace falta
Son 13 documentos para presentarla, y 3 los preparamos nosotros: tú reúnes los otros 10. Al abrir el expediente te decimos cuáles son exactamente y con qué plazo.
La parte que suele asustar —los certificados de estar al corriente con Hacienda y con la Seguridad Social, la situación censal, el alta en el IAE, la vida laboral— no la tienes que buscar tú: en la mayoría de convocatorias los consulta la propia administración, salvo que te opongas, y cuando hace falta aportarlos los conseguimos nosotros. Lo que sí tienes que aportar es lo que no consta en ningún registro: la escritura, un presupuesto, las facturas. Los anexos y las memorias los redactamos contigo, con lo que nos cuentes de tu proyecto.
La solicitud la firmas tú, con tu certificado digital u otro sistema de identificación que admita la sede, no nosotros. Nosotros montamos el expediente y te acompañamos en la presentación.
Si te lo conceden, hay que devolverlo
Un préstamo no se justifica como una subvención: se devuelve. Lo que se firma es un contrato, con su calendario de devolución y sus intereses, y lo que hay que cumplir después es lo que diga ese contrato.
En los de ENISA eso es devolverlo en los plazos pactados, destinarlo al plan de negocio, no repartir dividendos ni descapitalizar la empresa sin su autorización y enviarle cada año las cuentas antes del 30 de septiembre, porque con ellas se calcula el segundo tramo de interés: si no llegan, se aplica el tipo máximo.
Qué hacemos nosotros
Miramos si te encaja
Contrastamos tu situación con las bases antes de mover nada. Si no cumples un requisito, te lo decimos entonces y no después.
Reunimos la documentación
Los certificados de estar al corriente, la situación censal, el alta en el IAE o la vida laboral no los tienes que buscar tú: en la mayoría de convocatorias los consulta la propia administración, y cuando hace falta aportarlos los conseguimos nosotros.
Presentamos y hacemos el seguimiento
Se presenta en plazo y con la documentación revisada; la firmas tú, con tu certificado digital u otro sistema de identificación que admita la sede. Y si te lo conceden, te ayudamos con lo que pida después.
Y lo sigues desde tu portal
Los papeles que hagan falta te los pedimos desde tu Portal de Cliente: cada uno con su plazo y su carpeta, y ves lo que ya llevas entregado.
Ver el servicio de tramitación al detalle — qué incluye antes y después de presentar.
Fuentes oficiales
Lo que manda es lo publicado en el diario oficial y en la sede. Estas son las publicaciones de esta convocatoria, de la más antigua a la más reciente:
Preguntas frecuentes
¿Quién puede pedir esta ayuda?
Pueden pedirla sociedades (SL o SA) de toda España que cumplan los requisitos. Sus requisitos principales: Empresa innovadora o de base tecnológica de la cadena de valor agroalimentaria (producción, transformación o comercialización), incluidas las del medio rural con actividad tecnológica (Agrotech) Sociedad mercantil constituida en España, con personalidad jurídica propia y domicilio fiscal en España Ser pyme: menos de 250 empleados y facturación inferior a 50 M€ o balance inferior a 43 M€ Fondos propios al menos iguales al importe del préstamo que se pide Modelo de negocio innovador, con claras ventajas competitivas, y plan de negocio sólido Cuentas del último ejercicio depositadas en el Registro Mercantil; al corriente con Hacienda y Seguridad Social Si se piden más de 300.000 €, cuentas auditadas externamente Cumplir el principio DNSH (no causar perjuicio significativo al medio ambiente) Importe del préstamo: de 25.000 a 1.500.000 €, sin garantías Antes de mover nada contrastamos tu situación con las bases, y si hay algo que no cumples te lo decimos entonces y no después de haber trabajado el expediente.
¿Cuánto prestan y en qué condiciones?
Préstamo participativo de 25.000 a 1.500.000 €, sin avales ni garantías personales. Con carácter general, hasta 7 años para devolverlo (cuotas trimestrales), con hasta 2 años de carencia del principal. Interés en dos tramos: euríbor más un diferencial y un segundo tramo que depende de la rentabilidad de la empresa. Comisión de apertura del 0,5 %. Es lo que publica la entidad que lo concede; el importe y las condiciones de tu préstamo dependen del análisis de tu caso.
¿Se concede por orden de llegada o se comparan las solicitudes?
Ni lo uno ni lo otro: ENISA analiza cada operación por separado —la viabilidad del plan de negocio, los fondos propios y la estructura financiera— y comunica si concede el préstamo y en qué condiciones, de media en unos 60 días.
¿Cuántos papeles tengo que reunir yo?
Menos de los que parece: de los 13 documentos que pide, 3 los preparamos nosotros y tú aportas los otros 10. Los certificados de estar al corriente, la situación censal, el alta en el IAE o la vida laboral no los tienes que ir a buscar: en la mayoría de convocatorias los consulta la propia administración, y cuando hace falta aportarlos los conseguimos nosotros. Los anexos y las memorias los redactamos contigo. Lo que sí tienes que aportar es lo que no consta en ningún registro: la escritura, un presupuesto, las facturas.
¿Qué cobráis por tramitarla?
Depende de la convocatoria y del trabajo que lleve, así que no ponemos aquí una tarifa que luego no te valga. Te lo decimos por escrito y antes de empezar, con el importe concreto de tu caso, y no se presenta nada hasta que lo aceptas.
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