Xunta de Galicia · Consellería de Emprego · TR301K

Abierta

Acciones formativas para personas desempleadas (AFD) 2026-2027

Para centros y entidades de formación acreditados: financia la impartición de cursos para personas desempleadas, por orden de entrada. El crédito de 2026 está agotado (DOG de 06/10/2026): solo pueden concederse ya cursos que se impartan íntegramente en 2027. Exige compromiso previo del 30% del alumnado.

Abierta hasta el 30/11/2026 a las 20:00 Concesión: Por orden de llegada

Antes de gastar un euro

¿Puedo empezar ya el gasto?

No. Los cursos empiezan después de la concesión, como tarde a los tres meses de notificarla y con validación previa en SIFO. Con el crédito de 2026 agotado, solo pueden concederse cursos que se impartan enteros entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2027.

Crédito de 2026 agotado (DOG nº 190, de 6/10/2026): la última solicitud atendible se presentó el 18/09/2026 a las 15:47:14. Solo pueden concederse ya acciones formativas que se impartan íntegramente en 2027, entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2027, mientras quede crédito de esa anualidad. Antes de presentar, consúltanos si tu curso encaja en ese calendario.

De un vistazo

Estado
Abierta
Plazo
Abierta hasta el 30/11/2026 a las 20:00
Apertura
20/01/2026 a las 09:00
Cierre
30/11/2026 a las 20:00 (hora peninsular)
Presupuesto de la convocatoria
60.000.000 €
Concesión
Por orden de llegada
Para quién
Sociedades (SL, SA) · Asociaciones y fundaciones
Organismo
Xunta de Galicia · Consellería de Emprego
Ámbito
Galicia
Código
TR301K
Tema
Empleo y contratación
Plazo comprobado
07/10/2026, en la fuente oficial
Ficha revisada
07/10/2026, contra la convocatoria
Página actualizada
08/10/2026

Qué se obtiene

Financia la impartición de cursos para personas desempleadas, sin comparar solicitudes: por orden de entrada.

Crédito de la convocatoria: 60 millones de euros tras la ampliación de marzo de 2026 (50 para 2026, ya agotados, y 10 para 2027).

Quién puede pedirla

Está dirigida a sociedades (SL o SA) y asociaciones y fundaciones con actividad en Galicia.

Requisitos principales

  • Entidades y centros de formación acreditados antes de solicitar, en el Registro de Centros y Entidades de Formación de Galicia (o en el registro estatal si es teleformación), para las ofertas de grado A, B o C que piden.
  • Instalaciones acreditadas en Galicia para la parte presencial. Para teleformación, autorización previa para impartir esas ofertas en presencial y espacios propios o convenio inscrito con un centro acreditado.
  • Compromiso previo de participación de al menos el 30 % del alumnado programado de cada acción (personas desempleadas), con acta de selección validada por la oficina de empleo antes de solicitar.
  • En la última convocatoria (si pasaron 3 meses desde su resolución): no haber incurrido en incumplimiento total y haber comunicado e iniciado más del 60 % de las plazas, si tuvo más de 3 acciones.
  • Solo especialidades del Anexo III de la convocatoria. Máximo 6 acciones formativas por censo, ampliable hasta 10 según las iniciadas en la última convocatoria.
  • Capacidad económica, técnica, de personal e instalaciones para toda la formación pedida, con la documentación que lo acredite a disposición de la Administración.
  • Presencial: máximo 15 alumnos y mínimo 8 para empezar; teleformación: máximo 30. Inicio en 3 meses desde la notificación y fin como tarde el 31/03/2027.
  • Entidades locales: haber remitido las cuentas generales al Consejo de Cuentas. No incurrir en las prohibiciones del art. 10 de la Ley 9/2007 ni del art. 7 de la Orden EFP/942/2022.
  • Solicitudes en SIFO hasta el 30/11/2026 a las 20:00 o hasta agotar el crédito. El de 2026 se agotó con la solicitud presentada el 18/09/2026 a las 15:47:14: las posteriores solo pueden concederse para acciones que se impartan íntegramente en 2027 (entre el 01/01 y el 31/03/2027).

Esto es un resumen en castellano llano de lo que publica la convocatoria, no el texto oficial. Lo que manda son sus bases y su publicación en el diario oficial: consulta aquí la ficha oficial.

Cómo se concede: por orden de entrada

Esta convocatoria no compara solicitudes: se resuelven por orden de entrada de la solicitud completa —si hay que subsanar algo, cuenta la fecha en que se subsana— y se van concediendo hasta que se acaba el crédito, que la administración publica cuando se agota.

Por eso conviene presentarla pronto y sin huecos: una solicitud incompleta el primer día no guarda el turno. Si el crédito se agota antes de que acabe el plazo, las que lleguen después pueden quedarse fuera aunque cumplan todos los requisitos.

Qué documentación hace falta

Son 7 documentos para presentarla, y uno lo preparamos nosotros: tú reúnes los otros 6. Al abrir el expediente te decimos cuáles son exactamente y con qué plazo.

La parte que suele asustar —los certificados de estar al corriente con Hacienda, con la Seguridad Social y con la Xunta, la situación censal, el alta en el IAE, la vida laboral— no la tienes que buscar tú: en la mayoría de convocatorias los consulta la propia administración, salvo que te opongas, y cuando hace falta aportarlos los conseguimos nosotros. Lo que sí tienes que aportar es lo que no consta en ningún registro: la escritura, un presupuesto, las facturas. Los anexos y las memorias los redactamos contigo, con lo que nos cuentes de tu proyecto.

La solicitud la firmas tú, con tu certificado digital o con Chave365, no nosotros. Nosotros montamos el expediente y te acompañamos en la presentación.

Si te la conceden, hay que justificarla

En esta convocatoria la justificación son 11 documentos, con su propio plazo: el que fije la convocatoria o la resolución. De eso nos ocupamos también nosotros.

Que te la concedan no es el final: después hay que demostrar que el dinero se gastó en lo que se dijo y que se pagó de verdad, con facturas, justificantes bancarios de pago, la cuenta justificativa y, según el caso, una memoria de lo hecho y la publicidad de la ayuda. Lo normal es cobrarla al justificarla, aunque hay convocatorias que pagan al conceder o adelantan una parte y se justifican después. Es la fase en la que se caen expedientes ya ganados, casi siempre por un plazo que se pasa o por un pago en efectivo que no se admite.

Qué hacemos nosotros

1

Miramos si te encaja

Contrastamos tu situación con las bases antes de mover nada. Si no cumples un requisito, te lo decimos entonces y no después.

2

Reunimos la documentación

Los certificados de estar al corriente, la situación censal, el alta en el IAE o la vida laboral no los tienes que buscar tú: en la mayoría de convocatorias los consulta la propia administración, y cuando hace falta aportarlos los conseguimos nosotros.

3

Presentamos y justificamos

Se presenta en plazo y con la documentación revisada; la firmas tú, con tu certificado digital o con Chave365. Y si te la conceden, preparamos también la justificación.

4

Y lo sigues desde tu portal

Los papeles que hagan falta te los pedimos desde tu Portal de Cliente: cada uno con su plazo y su carpeta, y ves lo que ya llevas entregado.

Ver el servicio de tramitación al detalle — qué incluye antes y después de presentar.

Fuentes oficiales

Lo que manda es lo publicado en el diario oficial y en la sede. Estas son las publicaciones de esta convocatoria, de la más antigua a la más reciente:

Preguntas frecuentes

¿Quién puede pedir esta ayuda?

Está dirigida a sociedades (SL o SA) y asociaciones y fundaciones con actividad en Galicia. Sus requisitos principales: Entidades y centros de formación acreditados antes de solicitar, en el Registro de Centros y Entidades de Formación de Galicia (o en el registro estatal si es teleformación), para las ofertas de grado A, B o C que piden. Instalaciones acreditadas en Galicia para la parte presencial. Para teleformación, autorización previa para impartir esas ofertas en presencial y espacios propios o convenio inscrito con un centro acreditado. Compromiso previo de participación de al menos el 30 % del alumnado programado de cada acción (personas desempleadas), con acta de selección validada por la oficina de empleo antes de solicitar. En la última convocatoria (si pasaron 3 meses desde su resolución): no haber incurrido en incumplimiento total y haber comunicado e iniciado más del 60 % de las plazas, si tuvo más de 3 acciones. Solo especialidades del Anexo III de la convocatoria. Máximo 6 acciones formativas por censo, ampliable hasta 10 según las iniciadas en la última convocatoria. Capacidad económica, técnica, de personal e instalaciones para toda la formación pedida, con la documentación que lo acredite a disposición de la Administración. Presencial: máximo 15 alumnos y mínimo 8 para empezar; teleformación: máximo 30. Inicio en 3 meses desde la notificación y fin como tarde el 31/03/2027. Entidades locales: haber remitido las cuentas generales al Consejo de Cuentas. No incurrir en las prohibiciones del art. 10 de la Ley 9/2007 ni del art. 7 de la Orden EFP/942/2022. Solicitudes en SIFO hasta el 30/11/2026 a las 20:00 o hasta agotar el crédito. El de 2026 se agotó con la solicitud presentada el 18/09/2026 a las 15:47:14: las posteriores solo pueden concederse para acciones que se impartan íntegramente en 2027 (entre el 01/01 y el 31/03/2027). Antes de mover nada contrastamos tu situación con las bases, y si hay algo que no cumples te lo decimos entonces y no después de haber trabajado el expediente.

¿Cuánto dan?

Financia la impartición de cursos para personas desempleadas, sin comparar solicitudes: por orden de entrada. Crédito de la convocatoria: 60 millones de euros tras la ampliación de marzo de 2026 (50 para 2026, ya agotados, y 10 para 2027). Es lo que publica la convocatoria; el importe que te corresponda depende de tu caso concreto y de lo que acredites.

¿Hasta cuándo se puede presentar?

El plazo termina el 30/11/2026 a las 20:00, y se abrió el 20/01/2026 a las 09:00. Ojo con el último día: el plazo acaba a las 20:00 (hora peninsular), no a medianoche.

¿Se concede por orden de llegada o se comparan las solicitudes?

Por orden de entrada de la solicitud completa, hasta agotar el crédito: si hay que subsanar algo, cuenta la fecha en que se subsana. Por eso conviene presentarla pronto y sin huecos; si el crédito se agota antes de que acabe el plazo, la administración lo publica y las que lleguen después pueden quedarse fuera aunque cumplan los requisitos.

¿Cuántos papeles tengo que reunir yo?

Menos de los que parece: de los 7 documentos que pide, uno lo preparamos nosotros y tú aportas los otros 6. Los certificados de estar al corriente, la situación censal, el alta en el IAE o la vida laboral no los tienes que ir a buscar: en la mayoría de convocatorias los consulta la propia administración, y cuando hace falta aportarlos los conseguimos nosotros. Los anexos y las memorias los redactamos contigo. Lo que sí tienes que aportar es lo que no consta en ningún registro: la escritura, un presupuesto, las facturas.

¿Puedo empezar el gasto antes de pedirla o de que me la concedan?

En esta convocatoria: No. Los cursos empiezan después de la concesión, como tarde a los tres meses de notificarla y con validación previa en SIFO. Con el crédito de 2026 agotado, solo pueden concederse cursos que se impartan enteros entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2027. Equivocarse en el momento del gasto es el error que más ayudas tira a la basura: si estás pensando en invertir o contratar, pregunta antes.

¿Qué cobráis por tramitarla?

Depende de la convocatoria y del trabajo que lleve, así que no ponemos aquí una tarifa que luego no te valga. Te lo decimos por escrito y antes de empezar, con el importe concreto de tu caso, y no se presenta nada hasta que lo aceptas.

¿Te encaja esta?

Cuéntanos tu situación y te decimos si cumples los requisitos y qué plazo real tienes. Sin compromiso, y antes de que gastes un euro.

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